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ARTÍCULO DE INVESTIGACIÓN
La reparación colectiva de la comunidad de Zipacoa: un diagnóstico sobre el contexto y los efectos de la violencia paramilitar*
The collective reparation of the community of Zipacoa: a diagnosis about the context and the effects of paramilitary violence
Miguel Antonio Morón Campos
Fundación Universitaria Tecnológico Comfenalco - Cartagena de Indias (Colombia). mmoron@tecnocomfenalco.edu.co
Mariana Inés Tezón
Fundación Universitaria Tecnológico Comfenalco - Cartagena de Indias (Colombia). mtezon@tecnologicocomfenalco.edu.co
Yucelis Patricia Garrido Ochoa
Fundación Universitaria Tecnológico Comfenalco - Cartagena de Indias (Colombia). ygarrido@tecnologicocomfenalco.edu.co
Bexi Katerine Cruz Torrado
Fundación Universitaria Tecnológico Comfenalco - Cartagena de Indias (Colombia). bcruz@tecnologicocomfenalco.edu.co
* Este artículo corresponde al primer avance de investigación del proyecto titulado La construcción de la reparación colectiva en la infancia y la adolescencia de la comunidad de Zipacoa, estudio en torno al derecho a la memoria y a la atención psicosocial en niños, niñas y adolescentes en contextos del conflicto armado colombiano del Grupo de Investigaciones Sociales y Jurídicas, el cual ha sido financiado por la Fundación Universitaria Tecnológico Comfenalco - Cartagena de Indias dentro de la convocatoria de proyectos de alto impacto. Fecha de inicio de la investigación: enero de 2016.
Resumen
Este artículo tiene por objetivo explicar las causas y efectos de la violencia para-militar en la comunidad de Zipacoa (Villanueva, Bolívar), a partir del testimonio de las víctimas y las intervenciones institucionales realizadas en el proceso de reparación colectiva. Se analizan las consecuencias producidas por el conflicto armado en Zipacoa, identificando los hechos victimizantes ocurridos y su articulación en la construcción de medidas de reparación. Metodológicamente, los resultados se construyen desde un enfoque cualitativo, articulado a una perspectiva holística de la investigación social. Se usaron técnicas de recolección de la información que articulan la sistematización de documentos y la consolidación de relatos por actores de la comunidad. Para cumplir con estos objetivos, el artículo se divide en tres partes. En la primera se analizan los presupuestos teóricos de la reparación colectiva en el marco de la justicia transicional y la justicia restaurativa respecto a las medidas de rehabilitación y satisfacción. La segunda parte del trabajo describe a Zipacoa como territorio afectado por el conflicto armado, concretamente por la violencia paramilitar, génesis de la ruptura del tejido social de la comunidad. Finalmente, la tercera parte analiza las afectaciones y su incidencia en el plan integral de reparación colectiva. Ello arroja como resultado que la falta de condiciones para trabajar la tierra es el problema por el cual la violencia persiste en el territorio. Las conclusiones de este artículo muestran que los efectos de la violencia paramilitar consolidan toda una serie de afectaciones que histórica y culturalmente han golpeado a la comunidad; cualquier tipo de medida que pretenda consolidarse en el territorio, no solo debe enfocarse en la articulación de procesos que fortalezcan la productividad de esta, sino a apostarle a una transformación del tejido social.
Palabras clave: reparación colectiva, justicia transicional, paramilitarismo, justicia restaurativa, memoria.
Abstract
This article aims to explain the causes and effects of paramilitary violence in the community of Zipacoa (Villanueva, Bolívar), based on the testimony of the victims and the institutional interventions carried out in the process of collective reparation. The consequences of the armed conflict in Zipacoa are analyzed, identifying the victimizing events and their articulation in the construction of reparation measures. Methodologically, the results are constructed from a qualitative approach, articulated to a holistic perspective of social research. Information gathering techniques were used to articulate the systematization of documents and the consolidation of stories by community actors. To meet these objectives, the article is divided into three parts. In the first, we analyze the theoretical assumptions of collective reparation within the framework of transitional justice and restorative justice with regard to measures of rehabilitation and satisfaction. The second part of the work describes Zipacoa as a territory affected by the armed conflict, specifically by paramilitary violence, the genesis of the rupture of the social fabric of the community. Finally, the third part analyzes the effects and their impact on the comprehensive plan for collective redress. This shows that the lack of conditions to work the land is the problem by which violence persists in the territory. The conclusions of this article show that the effects of paramilitary violence consolidate a series of affectations that historically and culturally have hit the community; Any type of measure that intends to consolidate in the territory, should not only focus on the articulation of processes that strengthen the productivity of this, but to bet on a transformation of the social fabric.
Keywords: collective reparations, transitional justice, paramilitary, restorative justice, memory.
INTRODUCCIÓN
Este avance de investigación presenta una explicación del contexto y las causas de la violencia paramilitar que soportaron la construcción del plan de reparación colectiva de la comunidad de Zipacoa (Villanueva - Bolívar). Para ello, de acuerdo con los presupuestos de la justicia transicional con los que se ha elaborado el marco normativo colombiano (particularmente en cuanto a los referentes del impacto del daño y los procesos de construcción de memoria), se evidenciarán las causas y los efectos de las dinámicas de la violencia en ese territorio. Asimismo, el trabajo reconstruye ese registro incómodo que supuso la violación sistemática de derechos humanos en Zipacoa, hechos por los cuales se tomaron las medidas para consolidar el derecho a la memoria en la comunidad y la afectación psicosocial para formular medidas respectivas al plan de reparación colectiva.
Una investigación que tenga por objeto esta serie de relatos, además de las implicaciones académicas que ello supone, es una apuesta al conocimiento, el reconocimiento y la consolidación de la verdad de la comunidad de Zipacoa, que fue víctima del paramilitarismo con los homicidios de cuatro personas y el desplazamiento de otras 373. La particularidad de la violencia con la que se realizó la masacre fue que, de las cuatro personas, tres eran jóvenes entre 16 y 23 años.
En este sentido, los avances que aquí se muestran constituyen un insumo para analizar el componente proceso de preparación y apres-tamiento de la comunidad de Zipacoa para el inicio del plan de reparación colectiva, desde un enfoque diferencial en niños, niñas y adolescentes. En esa investigación, se detallarán las prácticas para hacer valer los derechos de las víctimas del conflicto y la descripción de las dinámicas sociales derivadas de los procesos de construcción de planes reparación colectiva: las motivaciones, estrategias, directrices y políticas con las que diversos actores pretenden transformar colectivos y comunidades víctimas de la violación sistemática de los derechos humanos, recuperando la confianza en la institucionalidad y el goce efectivo de derechos.
CONSIDERACIONES METODOLÓGICAS
Para la presentación de estos avances, se ha empleado un enfoque cualitativo (Taylor y Bogdan, 2002), a fin de explorar y describir en forma directa las percepciones y las opiniones de las personas de la comunidad de Zipacoa que han tenido una relación directa con el proceso de reconocimiento como sujeto de reparación colectiva. Los resultados preliminares consisten en el análisis de descripciones detalladas de los relatos y la revisión documental sobre la situación de los participantes: sus experiencias, actitudes y creencias. El propósito no se ha limitado a los alcances que supone un enfoque exploratorio, sino también a un estudio de carácter descriptivo, al buscar representar las propiedades relevantes de las personas, los grupos, las comunidades o cualquier otro fenómeno que sea sometido a análisis (Hernández, Fernández y Baptista, 2014). Es decir, a efectos de este trabajo, se han evaluado, a partir de las experiencias de los partícipes del proceso del plan de reparación colectiva, ante la Unidad para las Víctimas, aspectos relacionados con el acercamiento, el alistamiento y el diagnóstico, que son las tres primeras fases de la ruta normativa para consolidar un sujeto de reparación colectiva.
En cuanto al tipo de diseño cualitativo, tiene lugar la teoría fundamentada en los datos (grounded theory) de Glaser y Strauss (Strauss y Corbin, 1990, p. 12) referida al interaccionismo simbólico (Sandín, 2003). El uso de este tipo de diseño implica un proceso sistemático y cualitativo para generar una teoría que explique, en un nivel conceptual, la interacción entre víctimas del conflicto y funcionarios encargados de atender situaciones derivadas de la atención y reparación integral a las víctimas en contextos de justicia transicional. La teoría fundamentada en datos, denominada sustantiva o de rango medio, se aplicó en un contexto por proceso de registro como sujeto de reparación colectiva del corregimiento de Zipacoa.
El proceso por el cual se construyeron los sistemas de categorías teóricas fue el deductivo-inductivo, ya que, a partir de un marco construido y evidenciado en la primera parte de este trabajo y de unos antecedentes contextuales de la comunidad, se delimitaron las dimensiones por explorar (top-down) (Osses, Sánchez y Ibáñez, 2006). Así, en el segundo evento de estos avances, se evidencian los códigos extraídos de la interacción entre las experiencias de la comunidad y los documentos oficiales o institucionales que registran los hechos victimizantes (bottom-up) (Muñoz, 2006).
Las dimensiones exploradas fueron las siguientes:
Procesos para identificar el contexto por el cual se inició la ruta de plan de reparación colectiva, a partir de evidencia institucional u oficial.
Procesos para identificar causas, problemas y efectos dentro de la violencia que afectó a Zipacoa a partir de la experiencia de las personas que hicieron parte del proceso de registro como sujeto de reparación colectiva.
La muestra se basó en los denominados casos tipo (Hernández, Fernández y Baptista, 2014), con el objetivo de indagar sobre la profundidad y calidad de la información más que en la cantidad. Se dio prioridad al análisis de los valores, las experiencias y los significados de grupos sociales y comunales que participaron en las fases de acercamiento, alistamiento y diagnóstico de la ruta de plan de reparación colectiva, así como a la evidencia empírica recogida en los informes institucionales. En ese sentido, se recolectaron datos de diferentes actores involucrados en este proceso: 1. Responsables de entidades locales sobre reparación. 2. Líderes comunitarios. 3. Autoridades municipales y gubernamentales.
Los testimonios de la comunidad recogidos para el diagnóstico incluyeron diversos aspectos con los que se realizó un análisis de variables contextuales (necesidades, conocimiento del plan de reparación colectiva, atención psicosocial y acciones de memoria), a fin de determinar qué tanto fueron incorporadas en su construcción . Las categorías de análisis con los que se presentan estos avances se concentran, en primera medida, en las indagaciones del proceso de construcción del plan de reparación colectiva en los entornos inmediatos: 1. cómo y quiénes caracterizaron las necesidades por cubrir y 2. cómo se implementaron las estrategias de alistamiento. Para ello, se diseñaron dos entrevistas semiestructuradas en las cuales se indaga sobre cada una de estas categorías, que se complementaron mediante la triangulación de datos de revisión documental (ruta del plan de reparación colectiva, registros de actividades en su creación, etc.). Además, cuando fue sistematizada la información sustraída de las entrevistas, se realizaron grupos focales en los que se presentaron esos resultados en contraste con los documentos oficiales que soportan el proceso de reparación colectiva (diagnóstico del daño, resolución de registro como sujeto de reparación colectiva, etc.), con el propósito de elaborar un árbol de problemas del estado actual de la comunidad respecto de las medidas y estrategias de la reparación.
Para el análisis de la información, también se hizo uso de la teoría fundamentada en datos, con el método comparativo constante, el cual, a partir de categorías analíticas relativas al campo disciplinar de la justicia transicional y el plan de reparación colectiva, interactuó con las experiencias y creencias de la comunidad. El análisis cualitativo supuso un proceso no matemático de interpretación que tuvo el propósito de descubrir conceptos y relaciones-categorías que permitieran elaborar esquemas explicativos. Las comparaciones conceptuales provenientes de entrevistas y grupos focales posibilitó delimitar el contexto y los efectos de la violencia paramilitar en Zipacoa.
El desarrollo de este trabajo se consolidará en tres partes: la primera referida a las categorías teóricas y conceptuales para comprender los alcances normativos del plan de reparación colectiva, dentro de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras. El segundo momento tendrá por objeto contextualizar las particularidades sociales y culturales de la comunidad de Zipacoa, de acuerdo con la consolidación de argumentos que delimiten el proceso de reparación. Por último, se describirán, según los informes institucionales de la Unidad de Víctimas y los relatos de los líderes de la comunidad, las causas y los efectos de la violencia paramilitar en ese territorio.
LA REPARACIÓN COLECTIVA EN LA JUSTICIA TRANSICIONAL Y SU LUGAR EN LA JUSTICIA RESTAURATIVA
Puntos de partida
En Colombia, el plan de reparación colectiva conceptualmente ha sido comprendido como una herramienta que materializa derechos fundamentales, el cual apunta a reconocer y establecer medidas frente a los daños ocasionados por la violación de derechos colectivos, la violación grave y manifiesta de los derechos individuales de los miembros colectivos o el impacto colectivo de la violación de derechos individuales de grupos, pueblos u organizaciones sociales y políticas (Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación, 2012, p. 38). Los elementos que componen esta aproximación han constituido el punto de partida para desarrollar las implicaciones y los alcances de esta forma de reparación por parte del equipo de académicos e investigadores sociales que compone la Unidad para las Víctimas (2015a, p. 9) y la ya clausurada Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación (2010). Además de las reflexiones gestadas por estos dos actores, la comprensión y aplicación del plan de reparación colectiva también ha sido asumida por otras instituciones, que dentro de sus agendas académicas les han dado prioridad a las investigaciones sociales que tienen como marco la justicia transicional.1
La reparación de los daños colectivos pretende transformar las condiciones sociales y culturales de las comunidades que han sido afectadas en su vida cotidiana por la destrucción de lo público, entendido como la posibilidad de ejercer derechos políticos en un territorio determinado y su visión de mundo (Grupo pro Reparación Integral, 2008, p. 5), lo cual implica que su desarrollo está soportado dentro de los límites de la reparación integral de las víctimas, concentrándose en el restablecimiento de derechos y en la reparación de comunidades o colectivos víctimas por hechos de violaciones sistemáticas o selectivas de derechos humanos (Jaramillo, 2008, p. 526).
Una de las directrices transversales al plan de reparación colectiva es el uso de un método de análisis con enfoque diferencial (Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, s/f), el cual permita una lectura contextualizada de la realidad que pueda hacer visibles las particularidades de las comunidades afectadas frente las dinámicas con las que se constituyen grupos hegemóni-cos. Con ello, se fundan los presupuestos para establecer las acciones pertinentes para una adecuada atención y protección de derechos que estén encaminadas a la transformación de la dinámica social, política y cultural de la comunidad.
Es necesario elaborar un inventario de daños en cada colectividad víctima, teniendo en cuenta sus particularidades étnicas, generacionales, políticas, culturales y de género, con el fin de establecer una serie de medidas específicas de reparación que contemplen las especificidades del grupo afectado y que estén orientadas al restablecimiento de los derechos vulnerados (Grupo pro Reparación Integral, 2008, p. 6).
Los estudios que han tomado como partida la comprensión de la materialización del plan de reparación colectiva asumen, desde las disposiciones legales plasmadas en la Ley de Víctimas, que existe una serie de medidas encaminadas a la restitución, indemnización, rehabilitación, medidas de satisfacción y garantías de no repetición (Bernal, Guzmán y Agudelo, 2014, p. 20). Estas medidas generan, entre otros aspectos, la inclusión de estrategias orientadas al fortalecimiento emocional de las comunidades a partir de un acompañamiento psicosocial encaminadas a la transformación de las condiciones de salud mental presentes en la comunidad (Rebolledo y Rondón, 2010, p. 43). Asimismo, las medidas de satisfacción permiten reorientar las condiciones históricas de la comunidad, promoviendo el reconocimiento público de los hechos que ocasionaron el daño colectivo, dignificando a las víctimas y reconstruyendo la memoria histórica de la comunidad (Molina, 2010, p. 73).
De esta forma, teóricamente el plan de reparación colectiva tiene un lugar significativo dentro de las medidas que posibilitan una justicia transicional en contextos de conflicto armado; sin embargo, las posibles estrategias con las que aquel se materializa guardan relación directa con algunos de los diseños o respuestas con que se aplicaría un modelo de justicia restaurativa. En ese sentido, a la hora de comprender las formas de cómo se construye un plan de reparación colectiva en una comunidad, se hace necesario establecer las semejanzas y diferencias entre los presupuestos y las características de la justicia transicional y justicia restaurativa, pues, si bien estos guardan relación en cuanto a "la búsqueda de la verdad, la reparación del daño, la reconciliación entre partes, la solución de conflictos o la participación democrática" (Bernuz y García, 2015). Cuando se asumen estas dos categorías desde la comprensión de la reparación colectiva como medida de reparación, no todos los elementos de la justicia restaurativa permitirían consolidar espacios a los intereses y las necesidades de las víctimas (Bernuz y García, 2015).
La justicia restaurativa es un modelo de justicia2 que propone resolver los conflictos sociales concentrándose en las formas en que se podría reparar a quienes han padecido daños producidos por acciones voluntarias o imprudentes. El lugar del modelo surge como una respuesta alternativa para tratar los conflictos desarrollados en la justicia penal, la cual históricamente ha asumido una respuesta punitiva y por tanto vertical, generando una exclusión de la víctima a la hora de imponer una sanción al condenado (Blanco, Díaz, Heskia y Rojas, 2004).
A la luz de los estudios del Prison Fellowship International (Johnstone y Van Ness, 2007), se crean las condiciones que posibilitan una conciliación entre la víctima y el victimario. En ese sentido, este modelo invita a tener una lectura diferente del derecho penal, en la que el acto criminal pasa a un segundo plano y le da prioridad prioridad al daño que la víctima ha sufrido. En ese sentido, los estudios que han tratado los límites y alcances de la justicia restaurativa se han concentrado en comprender las implicaciones éticas, políticas y culturales de la reparación.
Una perspectiva como esta encuentra justificación en el hecho de que el castigo retributivo del ofensor es visto como insuficiente para restablecer la convivencia social pacífica, pues no toma en cuenta los sufrimientos y las necesidades de la víctima, ni permite la adecuada reincorporación del delincuente a la comunidad. En ese entender, el paradigma restaurador pretende centrarse en el futuro y no en el pasado y, al hacerlo, lejos de basarse en la evaluación de la culpa del ofensor, le otorga una importancia fundamental a la búsqueda de aquellos mecanismos a través de los cuales este puede adquirir conciencia acerca del daño que causó, reconocer su responsabilidad e intentar reparar ese daño (Uprimny y Saffon, 2005, p. 218).
Por ello, en principio, las prácticas restaurativas se han centrado en reparaciones individuales dentro de la justicia penal frente a crímenes leves. Sin embargo, los mecanismos con los que se materializan estos presupuestos implican, en primera medida, un diálogo con la comunidad para comprender los alcances del daño, que son mediados por un tercero externo al conflicto (victim-offender mediation) (Marshall, 1991), permitiendo contextualizar y focalizar la reparación, reconstruyendo las motivaciones e implicaciones del por qué sucedieron los hechos, valorando el impacto del daño, abriendo los canales para reconciliar a los implicados, entre otras posibilidades que guardan una estrecha relación en las formas de cómo se ha pensado la reparación colectiva en Colombia. Asimismo, en el abanico de posibilidades que ofrece la justicia restaurativa, existen mecanismos que le dan un mayor protagonismo a la comunidad, tales como las juntas de reparación comunitaria (community reparation boards) (Bazemore y Schiff, 2001), los diálogos de grupos familiares (family group conferences) (Umbreit, 2008) o los programas de restitución (Márquez, 2010). Estas prácticas, si bien han sido pensadas para tratar de transformar conflictos individuales, son realmente significativas a la hora de preparar y construir un plan de reparación colectiva con una comunidad.
Por otro lado, la justicia transicional es entendida como un
conjunto de medidas judiciales y políticas que diversos países han utilizado como reparación por las violaciones masivas de derechos humanos. Entre ellas figuran las acciones penales, las comisiones de la verdad, los programas de reparación y diversas reformas institucionales. (International Center for Transitional Justice, s/f)
La plan de reparación colectiva, como se ha explicado, quienes tienen la titularidad para exigirla son las víctimas de violaciones sistemáticas de derechos humanos, por tanto, a la luz de los estudios concentrados dentro de la justicia transicional, explican que, por fuera de los marcos jurídicos nacionales que tratan la reparación, estos deben tener como referente las normas del derecho internacional de los derechos humanos, pues, además del reconocimiento que supone para las víctimas, también impone obligaciones al Estado para adoptar medidas que materialicen la reparación (Rincón, 2010).
Las declaraciones sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder (Rincón, 2010), en el artículo 2 expone: "Se entenderá por víctima, las personas que individual o colectivamente hayan sufrido daños, inclusive lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo sustancial de sus derechos fundamentales" (Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, 1985), sin dejar de lado el octavo principio, el cual establece que "a los efectos del presente documento, se entenderá por víctima a toda persona que haya sufrido daños individual o colectivamente, incluida lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdidas económicas o menoscabo sustancial de sus derechos fundamentales" (Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, 1985). A este punto, desde el derecho internacional, las comunidades que tienen por objeto la reparación colectiva son comprendidas como comunidades organizadas, ubicadas en un lugar geográfico determinado, cuyos miembros pueden ser identificados e individualizados, y que por el hecho de formar parte de dicha comunidad han sufrido un daño. Y pueden serlo, igualmente, poblaciones cuyos integrantes han sufrido violaciones de derechos (Rincón, 2010).
En ese sentido, el plan de reparación colectiva mantiene una relación de dependencia frente a los postulados de la justicia transicional, los cuales, a la luz de los estudios que el equipo de Parmentier ha desarrollado, destacan cuatro puntos esenciales (Bernuz y García, 2015):
La búsqueda de la verdad sobre el pasado.
La responsabilidad sobre los hechos cometidos.
La reparación de las víctimas.
La reconciliación de la sociedad.
Estos, a la luz de las conclusiones de Clamp y Doak (2012), sintetizadas en (Bernuz y García, 2015), para su materialización, deberán integrar elementos de justicia retributiva, justicia restaurativa y justicia social.
El impacto del daño y las iniciativas de memoria en el plan de reparación colectiva
El lugar de la atención psicosocial dentro de la reparación colectiva ha sido desarrollado por el Plan Nacional para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, el cual establece que el objeto de las intervenciones es la identificación de
las cualidades y las características de la afectación psicosocial a través de los niveles de daño o impacto, reconocer los factores de protección, los resilientes, la capacidad de desarrollo frente a la adversidad y el nivel de bienestar actual de las comunidades y grupos (Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación, 2012).
En ese sentido, la atención psicosocial en la reparación colectiva debe tener la posibilidad de las estrategias usadas frente a colectivos respecto de las usadas de manera individual. En ese sentido, las formas cómo se asumen los procesos personales deben ser pensados en el beneficio de la colectividad. Asimismo, la intervención debe apuntar al fortalecimiento de la identidad colectiva a partir de las creencias espirituales y la construcción de liderazgos sociales. La atención psicosocial en la reparación colectiva deberá tener como eje central la voz de las víctimas y los familiares que requieran una atención en clave clínica y comunitaria que permita la recuperación de la comunidad (Lira, 2010).
La construcción de la memoria histórica en la reparación colectiva pretende (Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación, 2012):
Reconocer que las comunidades y los grupos son sujetos colectivos que han sido injustamente estigmatizados y violentados.
Reconocimiento de la responsabilidad que le asiste a la institucionalidad en los daños causados a las comunidades y grupos por acción u omisión, frente a lo cual debe rechazar enfáticamente la ocurrencia de los hechos violatorios de los derechos humanos individuales y colectivos de estas comunidades y comprometerse con la no repetición.
El lugar de la memoria histórica en la construcción y materialización de la reparación colectiva debe contemplar la realización de actos simbólicos, en la que se reconozca públicamente la responsabilidad del Estado y de los perpetradores, así como la rememoración de las víctimas, pidiendo expresamente perdón y asumiendo la sanción moral a las violaciones (Centro Nacional de Memoria Histórica [CNMH], 2013). Con ello, se busca el reconocimiento de crímenes sistemáticos sobre sujetos colectivos.
En ese sentido, la promoción de espacios de memoria permite materializar las medidas de no repetición frente a la discriminación y el rescate de los proyectos políticos colectivos que fueron suspendidos por la violencia (CNMH, 2014).
Las acciones de memoria histórica en la reparación colectiva se muestran como "escenarios para el diálogo, la negociación y el reconocimiento de las diferencias con miras a un proyecto democrático e incluyente de reconstrucción tanto de los proyectos de vida colectivos como de las formas de relacionamiento entre las comunidades y grupos con el Estado" (Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación, 2012).
Intervenciones en Zipacoa: una investigación sobre los liderazgos comunitarios
Los estudios científicos que se han desarrollado en torno a la masacre de Zipacoa son mínimos frente a los niveles de impacto y daño social que causaron esos hechos. Sin embargo, por fuera de la intervención jurídico-administrativa liderada por la Unidad para las Víctimas (Sub-comité de Justicia Transicional de la Gobernación de Bolívar, 2014) y los relatos adelantados por Rutas del Conflicto (s/f), vale la pena destacar una sistematización que tuvo por objeto la reflexión de los lide-razgos comunitarios generados dentro de la reparación colectiva y el lugar del trabajo social como guía para la acción. Ese estudio permitió analizar los ejercicios de liderazgo y comprender las concepciones que han construido sobre liderazgo y participación comunitaria los miembros del Comité de Impulso de la comunidad de Zipacoa, que muestra cómo es la acción profesional desde el trabajo social en un contexto diferenciado como el de este municipio afectado por la violencia. Lo anterior permitió tener acercamientos a comunidades que sufrieron afectaciones por el conflicto armado, como en el caso de Zipacoa, y conocer sus realidades y dinámicas, escuchar las historias y los relatos de sus habitantes, conocer su contexto rural y las afectaciones socioeconómicas, políticas y culturales que dejó la violencia armada en su territorio (Olave, Campillo y Suarez, 2015, p. 22).
Por tanto, esta investigación pudo evidenciar la posibilidad de superar las heridas y los traumas del pasado a partir de los presupuestos del plan de reparación colectiva, pues los escenarios promovidos por este construyen liderazgos ante la protección de aquellos que padecieron los efectos de la violencia paramilitar en la zona (Olave, Campillo y Suárez, 2015, p. 71).
CONTEXTO DE LA COMUNIDAD
Características sociopolíticas
La comunidad de Zipacoa fue identificada y priorizada como sujeto de reparación colectiva, dentro del cumplimiento del artículo 151 de la Ley 1448 de 2011, la cual fue aceptada el día 2 de mayo de 2013 e incluida en el Registro Único de Víctimas el día 22 de julio de 2014, debido a los hechos victimizantes sucedidos entre 1999 y 2001 (Unidad para las Víctimas, 2004, p. 4).
Históricamente, este corregimiento tiene sus orígenes con la fundación de Villanueva, el cual tiene sus primeros registros documentales cerca de 1770, cuando las comunidades indígenas caribes, dirigidas por el cacique Cipagua, poblaron el territorio al pie del cerro La Vieja (Alcaldía de Villanueva, 2016). Luego de su refundación en 1772, por directrices de la Gobernación de Bolívar, se asentaron cerca de trescientas familias criollas (Academia Colombiana de Historia, 1974, p. 139), las cuales tuvieron diversas actividades relacionadas con el campo que lo potenciaron como un territorio agrícola, cuya tierra, en la voz de sus pobladores, era próspera y les daba el sustento para vivir (Unidad para las Víctimas, 2014, p. 17).
El corregimiento de Zipacoa para la fecha cuenta con una población de 1300 habitantes aproximadamente (Departamento Administrativo Nacional de Estadística [DANE], 2005). Se encuentra a 21 minutos hacia el sur del municipio de Villanueva, el cual está ubicado a 150 metros sobre el nivel del mar (Gobernación de Bolívar, s/f). La zona rural de Zipacoa está conformada por las veredas Santa Ana de los Cocos, Sitio Nuevo, Bejuco, Viloria, Loma Grande, Tigrillo y Coco Peligro.
El corregimiento está administrativamente adscrito a Villanueva, ubicado al norte del departamento de Bolívar, el cual se divide en subre-giones o en zonas de desarrollo económico y social (figura 1).
La zona del dique constituye la fortaleza agrícola y pecuaria de Cartagena y Barranquilla, además de proyectarse como un potencial marítimo y acuícola. Los municipios que hacen parte de esta están ubicados estratégicamente sobre los principales corredores viales de la costa Caribe. Y el distrito de Cartagena lidera el desarrollo de la zona por sus fortalezas industriales, portuarias y turísticas del departamento de Bolívar. Por otro lado, los municipios que hacen parte de esta zona, además de Villanueva, son: Arjona, Calamar, Arroyo Hondo, Clemencia, Mahates, San Cristóbal, San Estanislao de Kostka, Santa Catalina, Santa Rosa de Lima, Turbaco y Turbana (figura 2).
Según el DANE (2005), la mayor parte de la población del departamento de Bolívar está ubicada al norte del departamento en la zonas de desarrollo económico y social del dique. Sin embargo, los informes posteriores han sostenido que esta distribución ha podido variar en los siguientes años del censo, particularmente por razones del conflicto armado: desplazamientos y retornos caracterizados por una migración interdepartamental, intermunicipal dentro del mismo municipio, intramunicipal a nivel rural, rural-urbano, urbano-rural e intramunicipal urbano-urbano (figura 3).
Villanueva presenta 4454 hechos victimizantes realizados por diferentes grupos dentro del conflicto armado; de esa cifra, más de 90 % corresponden al delito de desplazamiento forzado (Unidad para las Víctimas, 2015b).
Zipacoa y el conflicto armado
Por su ubicación, el corregimiento de Zipacoa ha sido una zona estratégica para diferentes actores del conflicto armado. Si bien fue un territorio donde hubo presencia guerrillera entre las década de 1980 y 1990,3> los testimonios y relatos de la comunidad sostienen que el temor y la zozobra llega a Zipacoa entre 1998 y 1999 con la avanzada del pa-ramilitarismo (Unidad para las Víctimas, 2014, p. 20).
El grupo que hizo presencia en el territorio estaba conformado por 45 hombres comandados por Manuel Castellanos, alias "el Chino", quien perteneció al Frente del canal del Dique, del Bloque Montes de María, cuyo máximo representante fue Salvatore Mancuso Gómez, alias "Mono Mancuso" (Tribunal Superior de Bogotá, Sala de Justicia y Paz. Sentencia, 11 001 22 52 000 2014 00027 de 2014).
Este, además de hacer presencia en el corregimiento de Zipacoa, también tuvo el control territorial en Arjona, Arenal, Turbana y Santa Catalina hasta el 14 de julio de 2005, cuando el Bloque acogió colectivamente a la desmovilización y dejación de armas dentro de la Ley de Justicia y Paz. Durante ese periodo, los miembros de estos grupos cometieron graves y sistémicas violaciones a los derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitario.
Durante el último trimestre de 1999, la comunidad recibió una serie de panfletos amenazantes firmados por las Autodefensas Unidas de Colombia, que declaraban a un grupo de campesinos pertenecientes a la comunidad como objetivo militar, señalándolos como informantes de la guerrilla. Esto produjo el desplazamiento de las familias que eran beneficiarias de proyectos productivos impulsados por el Gobierno nacional que dejaron en total abandono las fincas donde estos se desarrollaban. El 8 de agosto de 2000 los paramilitares mataron a ocho campesinos, con lo cual un segundo desplazamiento de las familias ubicadas en la zona rural de Los Cocos del corregimiento de Zipacoa; ello produjo un abandono total de sus propiedades que causó pérdidas materiales que estaban articuladas al proyecto de vida de las familias afectadas.4 Cinco meses después, el 8 de enero de 2001, loa paramilitares, identificados como Autodefensas Unidas de Colombia del Bloque Montes de María, hacen incursión en la cabecera del corregimiento de Zipacoa, y reunieron en la plaza, contra su voluntad, a toda la comunidad. Después de llamarlos "colaboradores de la guerrilla", seleccionaron a un grupo de cuatro jóvenes, los cuales fueron llevados para matarlos en la carretera con dirección a la zona rural La Tigra (Rutas del Conflicto, s/f). Estos hechos, además de los posteriores enfrentamientos que hubo entre la Infantería de Marina y los paramilitares, obligaron al desplazamiento masivo de toda la cabecera del corregimiento hacia Villanueva, Cartagena y otros municipios de la costa Caribe. Esta serie de hechos, que son denominados patrones de victimización, afectaron el tejido social de la comunidad y, con ello, las rupturas de sus proyectos de vida, las condiciones culturales y las condiciones económicas y de confianza en la institucionalidad que hubiesen el progreso de Zipacoa (Olave, Campillo y Suárez, 2015).
CAUSAS Y EFECTOS DE LA VIOLENCIA PARAMILITAR EN ZIPACOA
Violencias asociadas al daño colectivo
Zipacoa (Villanueva) fue uno de los territorios mayormente golpeados por la violencia del conflicto armado desarrollada en el norte del departamento de Bolívar. Los grupos paramilitares que hicieron presencia en la subregión del canal del Dique realizaron toda una serie de prácticas que implicaron violaciones sistemáticas de derechos humanos (Tribunal Superior de Bogotá, Sala de Justicia y Paz. Sentencia, 11 001 22 52 000 2014 00027 de 2014), lo cual ocasionó, entre otros efectos, el abandono forzoso de tierras, principalmente de colectivos campesinos.5
El diseño del Plan Integral de Reparación Colectiva de Zipacoa (Villa-nueva), al tipificar los hechos victimizantes asociados al daño colectivo, estableció la masacre ocurrida el 8 de enero de 2001,6 el desplazamiento forzado que generó la masacre, las amenazas a la población civil por parte de grupos paramilitares, el homicidio selectivo de personas protegidas por el derecho internacional humanitario7 y las detenciones arbitrarias generadas por el control territorial de los paramilitares en el corregimiento. Para establecer las medidas de reparación de estos hechos (Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación, 2012, p. 20), la Unidad para las Víctimas previamente tuvo que delimitar los daños colectivos, los derechos vulnerados y los tipos de medida (Ley 1448 de 2011).8
La violencia persiste: el deterioro de las condiciones para trabajar la tierra
Entre febrero y abril de 2016, en Zipacoa, se realizaron cuatro grupos focales, con la participación de 25 personas pertenecientes al Comité de Impulso, entre otras que tuvieron incidencia en las jornadas de alistamiento y diseño del plan de reparación colectiva. El apoyo de la Unidad para las Víctimas de Bolívar fue estructural en las reuniones preliminares de acercamiento y reconocimiento antes de la realización de los grupos. Para su desarrollo, contó con la participación de un moderador y un relator, formados en la metodología de grupos focales.
El objetivo fue conocer la experiencia respecto de las causas y los efectos de la violencia paramilitar en Zipacoa después de la intervención del equipo técnico de la Unidad para las Víctimas encargado de realizar la ruta de reparación, haciendo un ejercicio comparativo con la información recogida dentro del reconocimiento de la comunidad como sujeto de reparación colectiva. Asimismo, conocer las opiniones e interpretaciones sobre la decisión judicial que reconoce la masacre de Zipacoa. También se sostuvo conversaciones con los participantes del grupo sobre los procesos de legitimidad y reconocimiento de los líderes por parte de la comunidad, que fueron registradas por medio de diario de campo.
Las respuestas de esa experiencia arrojaron una serie de categorías que confirmaron los resultados del diagnóstico del daño, pues los grupos focales permitieron consolidar una relación entre las afectaciones actuales de la comunidad y el margen de acción de las medidas de reparación no incluidas directamente en el plan de reparación colectiva.
El primer grupo focal tuvo como propósito comprender el contexto con el que inició el proceso de acercamiento de la ruta de reparación, lo cual produjo un diálogo sobre la información compartida con la comunidad, los temas tratados en esos primeros acercamientos, la delimitación de los daños causados, así como la relación de estos con el estado actual de la comunidad. Esa experiencia definió la ruta de los siguientes encuentros que discutió puntos específicos en torno a las medidas y su relación con el daño colectivo, por un lado; y por el otro, las acciones definidas para la materialización de la reparación producto de esas medidas. Ello consolidó una serie de categorías y subcategorías que fueron organizadas bajo una relación causa-efecto, las cuales se presentaron en el cuarto grupo focal, que tuvo por objeto la organización de estas, definiendo causas en nivel 1 y 2, problema y efectos del problema.
El principal problema identificado fue el deterioro de las condiciones agropecuarias, que no ha sido menor en Zipacoa, pues ha sido objeto de diversas intervenciones estatales que han tenido como motivación la transformación de este fenómeno que afecta estructuralmente el porvenir del territorio. Dentro de los diálogos sostenidos en los grupos, se identificó la relación entre la masacre y el desplazamiento, con la falta de condiciones para trabajar la tierra, por ello, "a pesar de que ya no están los paras con sus fusiles, el miedo y el abandono sigue en el corazón de los zipacoeros, eso también es violencia" (lideresa de la comunidad, 15 de marzo de 2016). Los efectos de la violencia, a pesar de no ser directa, siguen persistiendo en la comunidad. Por ello, una de las medidas de restitución que contempla el plan de reparación colectiva de Zipacoa es
implementar proyectos productivos que impliquen la formación técnica para el trabajo y que contribuyan al fortalecimiento de la agricultura local y a la seguridad alimentaria en el corregimiento y sus veredas: Santa Ana de los Cocos, Sitio Nuevo, Bejuco, Viloria, Loma Grande, Tigrillo y Coco Peligro (Subcomité de Justicia Transicional de la Gobernación de Bolívar, 2014).
Las principales causas de este deterioro fueron el abandono y desarraigo de las tierras, la pérdida de liderazgos comunitarios, la dificultad para la participación política comunitaria y la ausencia de proyectos de vida, esta última reflejada en un pesimismo hacia el progreso y la posibilidad de constituir procesos de emancipación política.
El abandono y desarraigo de las tierras fueron generados por el desplazamiento forzado, el cual, a su vez, fue producido por la masacre y los homicidios selectivos. En los grupos focales, cuando se trató la sentencia de justicia y paz donde se judicializan y condenan a los responsables de la masacre (Tribunal Superior de Bogotá, Sala de Justicia y Paz. Sentencia, 11 001 22 52 000 2014 00027 de 2014), se sostuvo que el desplazamiento generado por estos hechos implicó pérdidas económicas en las familias de Zipacoa, pues, a pesar de que gran parte de la comunidad pudo hacer retorno sin acompañamiento institucional, las tierras, al no ser trabajadas por tanto tiempo, no tienen las condiciones para sembrar sobre ellas.
Por otra parte, la pérdida de los liderazgos comunitarios, la dificultad de participación y organización política y la ausencia de proyectos de vida son causadas por un debilitamiento del tejido social. Estas afectaciones son producto de las prácticas de zozobra y estigmatización ejercida por los paramilitares que estaban en el territorio.
La presunta presencia del paramilitarismo en diversos espacios de la vida social de Villanueva ha mantenido una percepción de inseguridad que se ha extendido a lo largo de la primera década del siglo XXI. Eso generó inseguridades a la hora de tratar ese aspecto en los grupos focales, sin embargo, en las conversaciones sostenidas con algunos líderes después de la realización de estos encuentros, se pudo identificar este tipo de afectaciones.
Por otro lado, en la participación de las víctimas durante el proceso de judicialización de los responsables de la masacre, se registraron testimonios sobre la falta de garantías para el ejercicio de derechos colectivos. Las expectativas de los miembros de Zipacoa se mantienen en suspenso frente a las intervenciones con las que las autoridades estatales hacen presencia en el territorio, situación que termina canalizando una serie de luchas políticas que dificultan conciliar consensos oportunos para la toma de decisiones que implica el porvenir de la comunidad.
CONCLUSIONES
La primera parte de esta investigación ha permitido evidenciar la correlación entre las medidas de reparación y los efectos de la violencia paramilitar identificados por la comunidad. Ello, además del consenso entre los partícipes del Comité de Impulso respecto de las diferentes afectaciones que persisten en la comunidad, reafirma los resultados del diagnóstico del daño realizado por la Unidad para las Víctimas, así como los elementos incluidos en cada uno de los puntos del plan de reparación. Si bien esos dos documentos no permiten comprender las particularidades y los detalles de las afectaciones de la comunidad, sí arroja elementos suficientes para consolidar un proceso de reparación frente a sus necesidades.
El hecho de que la comunidad identifique que su principal problema es la falta de condiciones para trabajar en el campo, es decir, volver a consolidar colectivamente la condición campesina de Zipacoa, abre la ventana a una serie de propuestas multidimensionales que superan una perspectiva netamente económica del uso de la tierra, pues, al reconocerse como una comunidad campesina, el uso de esta implica comprenderla desde una perspectiva sociocultural.
Esto se articula con la medida enfocada a generar procesos de empo-deramiento y fortalecimiento democrático, la cual constituye un presupuesto metodológico para consolidar la implementación de proyectos productivos. En los grupos focales, pudo identificarse la existencia de intervenciones anteriores al plan, caracterizadas por implementar proyectos de desarrollo bajo una perspectiva económica del uso de la tierra. Si bien han sido intervenciones que le han apostado a una transformación de las condiciones materiales de Zipacoa, una de las causas por las que no han sido exitosos estos proyectos es por la desarticulación e inexistencia de un componente que fortalezca las capacidades organizativas y de toma de decisiones por parte de la comunidad.
Ello genera un gran reto para la institucionalidad a la hora de materializar un plan de reparación colectiva, pues implica generar otro tipo de escenarios que tengan como eje la apropiación de prácticas democráticas dentro del reconocimiento de derechos a víctimas del conflicto por parte de las comunidades. Estar de espalda a ello generaría las condiciones para un uso instrumental de los procesos del plan de reparación colectiva que frustraría la posibilidad de la reconstrucción del tejido social, pero también la de regenerar y reproducir los ciclos de violencia en la comunidad.
1 Desde 2005 las publicaciones en torno a la reparación colectiva dentro de la justicia transi-cional empiezan a tener un lugar en espacios académicos a partir de la promulgación de la Ley de Justicia y Paz en 2005. Principalmente, el Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad, con las reflexiones contenidas en Uprimny y Saffon (2005). Por otro lado, Gómez (2006), Rettberg (2008) y el Instituto de Unidad de Investigaciones Jurídico-sociales Gerardo Molina (2009), que publican informes que consolidan las necesidades de las víctimas y los retos del Estado para afianzar la reparación colectiva. En una línea más institucional, la Organización Internacional para las Migraciones ha estado a la cabeza de las necesidades que la Unidad de Víctimas debe cumplir de acuerdo con la Ley 1448 de 2011, en las cuales pudo hacer una caracterización de los diferentes planes piloto que consolidaron los documentos institucionales en torno a las estrategias para aplicar la reparación colectiva en comunidades u organizaciones víctimas del conflicto armado (Organización Internacional para las Migraciones, 2014).
2 Otros posibles modelos de justicia son estos: el modelo punitivo, el modelo retributivo o el modelo policivo. Una clara diferencia de estos puede verse en (Zaffaroni, Alagia y Slokar, 2000,p. 262).
3 El grupo que hizo presencia en la zona era denominado Frente Francisco Garnica del Ejército Popular de Liberación (EPL), el cual se desmovilizó en agosto de 1994. Varios de los desmovilizados de ese grupo se asentaron en la zona rural de Zipacoa, en la finca Diana Carolina, los cuales, con ayuda del Gobierno, iniciaron en su momento un proyecto de productividad agrícola (Ley 1448 de 2011).
4 Las treinta y cinco familias asentadas en las fincas Santa Ana y Los Cocos hacían parte de un proyecto productivo impulsado por el Gobierno nacional, en el cual desmovilizados del EPL, junto con sus familias y un ingeniero agrónomo, trabajan la tierra como sustento para vivir. Estas personas estaban organizadas colectivamente como una cooperativa, la cual llevaba el nombre de Coagrosalco (Unidad para las Víctimas, 2014, p. 24).
5 En la subregión del dique, en el norte del departamento, se abandonaron 2855.3 hectáreas, de las cuales 57 % corresponde a tierras pertenecientes a Villanueva, que lo ubica en su momento como el municipio mayormente afectado por la violencia del conflicto en el norte del departamento (Escuela latinoamericana de cooperación y desarrollo ELACID Cartagena, 2005, p. 80).
6 Estos hechos son conocidos como la Masacre de Zipacoa, en la cual un grupo de paramili-tares perteneciente al Bloque Montes de María mató a cuatro personas, de las cuales tres eran jóvenes entre 16 y 23 años (Subcomité de Justicia Transicional de la Gobernación de Bolívar, 2014).
7 Estos hechos se refieren al homicidio de ocho campesinos en agosto de 2000, quienes trabajaban en un proyecto impulsado por el Gobierno nacional en las fincas Santa Ana y Los Cocos, zona rural de Zipacoa (Unidad para las Víctimas, 2004).
8 Los tipos de medida que implica la reparación colectiva contemplada en la Ley 1448 de 2011 son estos: medidas de rehabilitación, medidas de restitución, medidas de compensación, medidas de satisfacción y garantías de no repetición.
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