Revista de Derecho

ISSN electrónico: 2145-9355
Nº 24 julio-diciembre de 2005

Fecha de recepción: 29 de agosto de 2005
Fecha de aceptación: 12 de octubre de 2005


EL COMPORTAMIENTO CONTRAVENCIONAL DEL BARRANQUILLERO Y SU ACTITUD FRENTE A LAS NORMAS POLICIVAS*

María de Jesús Illera Santos

Abogada. Magister en Desarrollo Social; jefe del Departamento de Derecho, docente y profesor investigador, División de Ciencias Jurídicas, Universidad del Norte (Colombia) Dirección postal: Universidad del Norte, Km 5 vía a Puerto Colombia, Barranquilla (Colombia) millera@uninorte.edu.co


Resumen

Este artículo presenta parte de los resultados de una investigación realizada en la ciudad de Barranquilla (Colombia), con el objetivo de interpretar sociológicamente el comportamiento contravencional de los barranquilleros a partir de la actitud ciudadana frente al ordenamiento mismo, y de esta forma establecer la eficacia jurídica de las normas policivas como estatuto de convivencia ciudadana. Se analiza el Derecho de Policía desde la perspectiva social pero teniendo en cuenta que como conjunto de normas que es, tanto nacionales como departamentales y distritales, se encarga de regular, por un lado, la función del Estado orientada a asegurar su existencia en el orden interno y a proteger la integridad de las personas en su vida, honra y bienes y, por otra parte, la conducta humana con el fin de evitar el abuso de la libertad en perjuicio de la colectividad y del ejercicio de los derechos de todos.


Palabras claves: Cultura ciudadana, convivencia, comportamiento contravencional, Derecho de Policía, normas policivas.

Abstract

This article offers part of the results of a research developed in the city of Barranquilla (Colombia) with the aim of interpreting the contravening behaviour of Barranquilleros from a sociological point of view, starting with the citizen's attitude towards ordering itself and this way establish the juridical efficacy of the police norms such as the citizen living together statute. The Police Law is analyzed from the social perspective but having into account that as it is a set of norms at national, departmental and district level it is in charge of regulating both the state function oriented to assure its existence in the internal order and to protect the people's integrity in their lives, honour and property and on the other hand regulate human behaviour with the aim of preventing the abuse of liberty in detriment of the collective and the exercise of the rights of others.


Key words: Citizen culture, living together, contravening behaviour, police law, police norms.


1. INTRODUCCIÓN

El planteamiento de este trabajo se fundamentó en el interés de analizar desde la perspectiva de lo social, pero con los correspondientes fundamentos legales, la realidad de las normas policivas desde el punto de vista cultural, definiendo el comportamiento contravencional del barranquillero y conociendo de él la percepción que tiene frente a las normas que regulan su vida en comunidad.

El Código Departamental de Policía presenta muchas falencias e incompatibilidades desde el punto de vista social. El principal problema que afronta dicho código es la falta de identidad, en la medida en que no existe un acercamiento cultural entre los grupos sociales y las normas que regulan sus comportamientos e instrumentos de convivencia. El Código Departamental de Policía debe responder con imaginación a los problemas locales, debido a que las medidas policivas nacionales o no son suficientes o no son convenientes para regular situaciones que tienen que ver con la idiosincrasia local.

Los conflictos sociales que vive la sociedad colombiana han generado un deterioro de los valores de convivencia y civilidad que se practican al interior de una comunidad1. Las personas han perdido hasta cierto punto la conciencia de lo que significa pertenecer a una comunidad, lo que ha dado lugar a que en la vida cotidiana se hayan ido reemplazando las acciones básicas de convivencia por actitudes agresivas e indiferentes o instrumentos no formales. Esto significa que la forma como el ciudadano se comporta hacia los demás y hacia la autoridad se caracteriza cada vez más por poseer un contenido negativo.

Bajo este precepto, es fundamental que el ciudadano recapacite sobre los valores y elementos de convivencia que no le fueron enseñados o que olvidó como producto del ritmo de vida en que se encuentra y del conflicto que ha caracterizado a la sociedad colombiana en las últimas décadas. Una necesidad evidente y que justificó esta investigación es el conocimiento parcial o total de la norma policiva, el cual debe ser, sin duda, uno de los principales instrumentos de promoción y práctica de la convivencia. El ciudadano que hace de la convivencia un principio para su vida en sociedad debe conocer con profundidad las normas allí planteadas, exigir su cumplimiento al mismo tiempo que las acata.

Para lograr lo anterior, y es aquí donde se centró la importancia del trabajo, se partió del concepto sobre cultura ciudadana, concepto que a su vez se encuentra íntimamente ligado a la convivencia ciudadana, o como se ha dicho, a la experiencia relacionada con la vida en la sociedad2. Y es en este orden de ideas en que deben elaborarse las normas policivas, las cuales deben ser un verdadero estatuto para la convivencia ciudadana. Así se lograría que las personas respetaran las normas policivas, ya que sus códigos culturales, sus patrones de convivencia ciudadana resultarían compatibles con la misma ley.

El marco teórico se integró a partir de la categorización de la cultura ciudadana como forjadora de convivencia. Esto significó la elaboración conceptual a partir de la cual los términos de cultura y convivencia se tomaron como referente teórico en la interpretación sociológica de la actividad contravencional del barranquillero, para demostrar, primero, que el problema policivo es un problema de convivencia y, por lo tanto, cultural, y segundo, que el desconocimiento de este postulado es el fundamento de la ineficacia de las normas policías.

Para obtener la información necesaria que permitiera caracterizar el comportamiento contravencional y poder relacionarlo con la parte cultural del barranquillero, se aplicaron varios técnicas e instrumentos con enfoques cualitativos y cuantitativos. Inicialmente se aplicó una entrevista a los miembros redactores para poder recopilar y contextua-lizar los antecedentes de las normas policivas en nuestra ciudad, que vale la pena resaltar, fueron estructuradas bajo los lineamientos de la Constitución anterior. Esto permitió demostrar, por supuesto, la necesidad de revisar y adecuar nuestro Código Departamental de Policía a la realidad constitucional actual y, así mismo, evidenciar la necesidad de convertir éstas en instrumentos normativos modernos que enfrenten la complejidad de los problemas que se ocasionan con el ejercicio de la convivencia.

Seguidamente se aplicó una encuesta ( estratificada) a los habitantes de Barranquilla, como también a los inspectores de Policía, mediante lo cual se pudieron recolectar datos que reflejaron la situación actual en materia de contravenciones en nuestra ciudad y la actitud del barran-quillero frente a las normas policivas. Finalmente se realizó un grupo focal con un grupo mayoritario de inspectores de Policía que permitió cualitativamente enriquecer la investigación, ya que se pudo tener información sobre las actitudes comportamentales y culturales del barranquillero e igualmente la percepción que como inspectores tienen de su comunidad.

2. METODOLOGÍA PROPUESTA

2.1. Tipo de investigación

Conforme a los parámetros y objetivos del proyecto, el tipo de investigación que se utilizó fue el de carácter mixto, el cual constituye la integración de los enfoques cualitativo y cuantitativo. Ambos se mezclaron en todo el proceso de investigación, empleando esquemas de pensamiento inductivo y deductivo.

En esta investigación se recurrió a la teoría como un instrumento que guió el proceso de investigación en las etapas iniciales resultando importante el conocimiento que surgió de los participantes. En este estudio se recogieron datos cualitativos y cuantitativos; estos últimos sirvieron a manera de fotografía de la realidad, pero su abordaje fue netamente cualitativo e interpretativo. Se empleó la inducción y la deducción de manera simultánea, y se pasó de la observación de la realidad o de la reflexión teórica, según el caso, a formular preguntas conceptuales o empíricas que guían la exploración de lo concreto o el análisis crítico de los cuerpos teóricos.

Para el análisis normativo de los textos legales que regulan la convivencia se utilizaron los métodos sistemático y sociológico, a efectos de relacionar, en primer lugar, las normas policivas del departamento del Atlántico en relación con el Código Nacional de Policía y la adecuación a la Constitución Política de 1991, y en segundo lugar, la interpretación de las normas en relación con los hechos sociales y el fin social propuesto al momento de su elaboración.

2.2. Tipo de diseño

El método interpretativo, también llamado el método Verstehen, cuyo principal representante es Max Weber, fue el escogido para realizar la investigación, debido que pretende explicar la acción social en términos de los motivos de los individuos inmersos en ellos; lo que aplicado a nuestro trabajo nos permitió comprender, con un enfoque principalmente inductivo, el comportamiento del barranquillero y la percepción que posee de las normas policivas que fijan o determinan su convivencia en sociedad. En el mismo enfoque weberiano, la hermenéutica como una aproximación especial al entendimiento e interpretación de textos, que Weber aplicó desde el entendimiento de textos al entendimiento de la vida social, para efectos de entender actores e interacción, también fue de utilidad en nuestra investigación, en procura de interpretar las normas de convivencia y la apropiación de ellas por parte del hombre en su convivencia cotidiana.3

2.3. Muestra

  • Todos los inspectores de Policía de la ciudad de Barranquilla y los miembros redactores del Código Departamental de Policía del año 1985.
  • Una muestra por estrato de los habitantes de la ciudad de Barranquilla.

2.3.1. Procedimiento de muestreo

2.3.1.1. Muestreo de inspectores de Policía y de miembros redactores del Código Departamental de Policía del año 1985

El procedimiento fue no probabilístico, «la elección de los sujetos no depende de que todos tengan la misma probabilidad de ser elegidos, sino de la decisión de un investigador o grupo de encuestadores»4. En este caso fue una muestra de expertos en materia policiva. «La elección de los elementos no depende de la probabilidad, sino de causas relacionadas con las características de la investigación o de quien hace la muestra. El procedimiento depende del proceso de toma de decisiones de una persona o de un grupo de personas (.. .)»5

2.3.1.2. Muestreo de habitantes de Barranquilla

Se realizó un muestreo estratificado simple, con selección aleatoria del elemento que se iba a encuestar. Una muestra probabilística aleatoria es un subgrupo en el que la población se divide en segmentos y se selecciona una muestra para cada segmento. El proceso de muestreo se inició elaborando una lista de la totalidad de barrios por sector y por estrato, a partir de los documentos mencionados anteriormente. Luego se eligió de manera equidistante algunos barrios cercanos a la inspección de Policía y otros distantes; posterior a la elección de los barrios se procedió a la elección aleatoria de manzanas en cada uno, labor que fue apoyada con el conteo de las manzanas por barrio según los planos de éstos. Teniendo señaladas en el mapa las manzanas resultantes de la elección, se procedió a ubicar las viviendas en la cuales se seleccionaron las unidades muestrales. La variable «sexo» estuvo controlada en el proceso de muestreo, y de la misma manera se estableció previamente que los dos sexos debían reflejarse en iguales proporciones en la muestra.

Un factor importante en el momento de aplicar el procedimiento de muestreo en el campo fue la necesidad de tomar otras manzanas en lugar de las que se habían elegido inicialmente; esto tuvo que hacerse teniendo en cuenta las condiciones de seguridad del barrio y que en algunas manzanas se encontró resistencia, apatía y falta de colaboración por parte de la personas, probablemente debido a la desconfianza y el temor ante los hechos delictivos que se han presentado últimamente en la ciudad de Barranquilla. La territorialidad de la comunidad es otro factor que se deriva de la inseguridad que viven los habitantes de la ciudad actualmente.

2.3.2. Técnicas e instrumentos para la recolección de datos

2.3.2.1. Entrevistas semiestructuradas

Con base en las categorías conceptuales que hicieron parte de la investigación se construyó una guía de entrevista con preguntas abiertas y cerradas que nos permitieron obtener información de los miembros redactores del Código Departamental de Policía en el año 1985 tendientes a establecer los antecedentes sociales, culturales y normativos que se tuvieron en cuenta al momento de expedir dicho Estatuto.

2.3.2.2. Grupo focal

Se realizó un grupo de discusión con todos los inspectores de Policía de la ciudad de Barranquilla, con el fin de obtener información sobre el conocimiento, creencias, percepciones y actitudes observables en su comunidad relacionadas con la convivencia ciudadana y las normas policivas que ellos aplican. Se eligió esta técnica debido a que se constituye en una manera de profundizar en información cualitativa, «es un medio para recolectar en poco tiempo y en profundidad, un volumen significativo de información cualitativa, (...) con un grupo de personas son guiadas por un entrevistador para exponer sus conocimientos y opiniones sobre temas considerados importantes para el estudio. Este tipo de entrevistas constituye una fuente importante de información para comprender las actitudes, las creencias, el saber cultural y las percepciones de una comunidad, en relación con un aspecto particular del problema que se investiga».6

2.3.2.3. Encuestas

Se aplicó una encuesta a una muestra representativa de los habitantes de la ciudad de Barranquilla, elegida aleatoriamente de manera estratificada, para recoger datos cuantitativos acerca de las categorías de la investigación, tales como la percepción que tienen de la justicia policiva en términos de eficacia, el acceso a la justicia policiva, la función de las inspecciones de Policía, el conocimiento de las contravenciones, entre otras.

Se aplicó una Encuesta a inspectores urbanos de Policía (diurnos) de Barranquilla, que arrojó la información relacionada con la forma de vinculación al servicio, calidades y competencias de los encuestados, para así poderlos confrontar con las disposiciones legales relacionadas; e igualmente, proyectó los asuntos que con mayor frecuencia son solicitados por los usuarios que permitieron observar las necesidades sociales de las comunidades que hacen parte de su jurisdicción.

2.3.2.4. Análisis documental

Aplicado a

  • Informes de Gestión y Estadísticos de todas las inspecciones de Policía para efectos de conocer las contravenciones que se presentan con mayor frecuencia en la ciudad de Barranquilla.
  • Estatutos normativos como el Código Nacional de Policía, el Código Departamental de Policía, decretos y resoluciones de la Alcaldía Distrital de Barranquilla en ejercicio de sus funciones policivas, para dar cuenta del tipo de contravenciones que regulan la convivencia ciudadana y la forma como son reguladas.

2.4. El procedimiento

Para la realización de esta investigación se llevaron a cabo las siguientes fases:

  1. Elección del problema de investigación
  2. Revisión bibliográfica
  3. Elaboración del estado del arte y el proyecto de la investigación
  4. Diseño de instrumentos
  5. Realización de prueba piloto de la encuesta
  6. Selección de la muestra
  7. ecolección de la información a través de la aplicación de los instrumentos
  8. Categorización de la información cualitativa
  9. Tabulación de la información cuantitativa
  10. Triangulación de datos
  11. Análisis e interpretación de la información
  12. Diseño de conclusiones
  13. Entrega del informe final

3. RESULTADOS

Los resultados obtenidos en la aplicación de los instrumentos propuestos se obtuvieron de manera cualitativa y cuantitativa teniendo en cuenta cada una de las técnicas e instrumentos utilizados para la recolección de los datos. Es así como podemos precisar que para el análisis de la entrevista a los miembros redactores del Código Departamental de Policía y el grupo focal realizado con los inspectores de Policía de la ciudad de Barranquilla, se establecieron y conceptualizaron previamente unas categorías deductivas, que a su vez se clasificaron en subcategorías, y que, por supuesto, se relacionaron con cada uno de los objetivos.

Para el análisis de la encuesta aplicada a los inspectores y a los habitantes de la ciudad de Barranquilla, la información se proceso a través de la herramienta spss (Statistical Package for the Social Sciences).

El análisis inicial se realizó teniendo en cuenta cada una de las categorías conceptuales relacionadas con cada objetivo de la investigación, y en ese orden, los resultados de cada técnica utilizada fueron agrupados para efectos de su interpretación. De esta forma se procuró dar respuesta a la acción social del barranquillero en términos de su comportamiento contravencional guiándonos por la teoría de Max Weber.

3.1. Características del comportamiento contravencional del barranquillero

En esta investigación se caracterizó el comportamiento contravencional del barranquillero a partir de la información que se recogió de las inspecciones de Policía en relación al número y clase de las mismas que vienen conociendo y tramitándose diariamente; a través de la percepción del mismo barranquillero sobre el incumplimiento a estas normas sociales por parte de su comunidad y las razones, incluso, de tales conductas. Sólo así podría tenerse un conocimiento general que pudiera relacionarse con las contravenciones señalas en el Código Departamental de Policía.

El barranquillero en general no conoce el significado de la palabra contravención. En efecto, el 35.9% de las personas encuestadas así lo manifestaron cuando se les formuló la pregunta. El 32.2% respondió

que era un incumplimiento de las reglas sociales de conducta que conllevan una acción penal y un 18.9% de los encuestados manifestó que era una violación a los derechos de las personas. Llama la atención que de manera estratificada, el único estrato en el cual la mayoría de su comunidad conoce el significado de la palabra contravención es el estrato 6, y en eso podríamos afirmar que la educación influye en dicha diferencia.

Con relación al concepto de los inspectores frente al comportamiento contravencional de los barranquilleros, coincidieron en afirmar que dependía de la Inspección, aunque lo que pudimos concluir es que, en efecto, dicho comportamiento varía en función de los estratos. Así tenemos que en el estrato 1 es la riña, en el estrato 2 es la amenaza y/o agresión a la integridad física de una persona y en el estrato 3, 4, 5 y 6 es la violación de espacio público.

En el grupo focal, los inspectores nos señalaron el comportamiento contravencional de su comunidad. De esta manera, podemos señalar las clases de contravenciones que se cometen en nuestra ciudad conforme a lo dicho por los nueve inspectores de policía que asistieron, ordenándolas de manera descendiente con base en la frecuencia con que suceden en cada una de sus comunidades.

En la encuesta que se les aplicó señalaron también, en su orden, los tres asuntos que más se solicitan y tramitan en cada una de sus inspecciones: Perturbación a la tenencia o posesión, querellas por riñas, amenazas y escándalos y violencia intrafamiliar. A manera de conclusión revisemos siguiente información:

El cuadro nos muestra cómo se relacionan dos contravenciones: riñas, amenazas, escándalos y perturbación a la posesión, que son conductas que afectan fundamentalmente la tranquilidad y seguridad de las personas. Esta información resulta pertinente relacionarla con las causas que han tenido los barranquilleros cuando han utilizado el servicio de las inspecciones. En este sentido, manifestaron haber acudido para instaurar denuncias (28.5%), y éstas pueden ser relativas a la perturbación de la posesión, riñas, escándalos, teniendo de presente, como lo señalaron adiciosnalmente los inspectores, que la frecuencia son denuncias por pérdidas de documentos, y esto realmente no es una contravención.

De las visitas practicadas a las inspecciones realmente no se pudieron tener acceso a los informes de gestión que hubieran resultado un buen instrumento para poder precisar el número de contravenciones, la clase y la frecuencia de ocurrencia y registros. A continuación mostramos un resumen de los informes de gestion del presente año, correspondiente a 6 inspecciones de policía.

El 93 % de las contravenciones se agrupan en querellas por conflicto, diligencias conciliadas y amparo policivo. No se pudo establecer los tipos de contravenciones en relación con las querellas y las diligencias conciliadas. En lo referente al amparo policivo, hacen relación con la perturbación a la tenencia y posesión.

3.1.1. Causas del comportamiento contravencional

Es bien importante conocer la percepción de los barranquilleros sobre las causas o razones que tienen quienes incumplen con las reglas sociales de convivencia. El 33,2% responde a vicios y malas costumbres, el 25.1% es por necesidad económica, un 25.1% por intolerancia y un 15.8% considera que las personas cometen contravenciones por falta de conocimiento de las normas policivas. De manera estratificada, en el estrato 1 podemos observar que los vicios son la causa de la comisión de contravenciones, en el estrato 2 la intolerancia y los vicios ocupan el mismo valor, y en el estrato 4,5 y 6 es la necesidad económica lo que hace que las personas cometan este tipo de infracciones a la ley.

Los inspectores, a su vez, manifestaron que el problema es un producto del sistema. No hay empleo, entonces la gente no tiene con qué pagar. El hacinamiento constituye otra fuente de conflicto. Si una persona abre la puerta y lo primero que ve es al vecino de la casita de al lado, lógico que esto genera problemas. No es lo mismo que en la 84 (sector norte de la ciudad), donde las personas, debido al mayor espacio que separa a las casas, gozan de privacidad, autonomía y de mayor bienestar.

3.1.2. Relación existente entre la norma policiva vigente y el comportamiento contravencional actual

Para explicar este objetivo en la investigación fue necesario analizar todas las normas policivas a nivel nacional y departamental, y así poder elaborar de manera muy práctica una clasificación entendible desde lo social sobre las conductas contravencionales que afectan los bienes jurídicos tutelados por el derecho policivo (ver cuadro 5). En este orden, tanto el Código Nacional de Policía como el Código Departamental y las normas distritales agrupan una serie de conductas o comportamientos que dan lugar a sanciones en la medida en que perturban o afectan el orden público que tutelan y que el Derecho de Policía está llamado a regular.

De esta manera, en el análisis normativo efectuado encontramos que los bienes jurídicos protegidos son: Tranquilidad, Salubridad, Seguridad, Moralidad, Ornato, Integridad Personal, Economía Nacional, Patrimonio, Fe Pública y Orden Social.

Con los instrumentos aplicados se logró identificar cuáles son los bienes jurídicos vulnerados con mayor frecuencia en la ciudad a partir de las contravenciones de acuerdo a lo manifestado tanto por los barranquilleros como por los inspectores, y además los datos que se obtuvieron del análisis de los informes de gestión.

En este orden, se tiene que la Tranquilidad es el bien jurídico más vulnerado, específicamente por aquellas conductas como las perturbaciones a la posesión y a la tenencia, ultrajes, contaminación sonoras y agresiones verbales. Igualmente, un porcentaje importante lo representan la riña, las amenazas y el escándalo en la vía pública.

En segundo lugar se observó que las conductas que se refieren al espacio público son de las que menos manifestaron manejar los inspectores, no obstante observar un contraste al comparar con el dato obtenido de la encuesta aplicada a los barranquilleros, quienes expresaron que estas situaciones son bastante frecuentes.

Cabe resaltar además que en las inspecciones se manejan algunas problemáticas que no encuadran en el concepto de contravenciones, más aun, que se hallan totalmente por fuera de su ámbito de acción, como por ejemplo los asuntos relacionados con el incumplimiento de contratos y los hurtos, que según lo expresado por los inspectores son problemas de incidencia considerable; también se encuentran problemas relacionados con injuria y calumnia. Sin embargo, una vez más se presenta una incongruencia al comparar la información con los datos obtenidos de los informes de gestión, donde las remisiones a la Fiscalía por esta razón resultan ser insignificantes.

3.2. Actitud del barranquillero frente a las normas policivas

Conocer lo que piensa el barranquillero en relación con las normas policivas, entender la manera como siente y como se comporta es fundamental para establecer la relación de las normas policivas con la cultura de la comunidad barranquillera. Se debe partir fundamentalmente del conocimiento previo que sobre las inspecciones de policía tienen los barranquilleros. En la encuesta, al preguntárseles si conocían dónde estaba situada la Inspección de policía cercana a su vivienda, respondió que sí sabía un 86.6% y el 13.4% que no sabía. Pero lo curioso es que de acuerdo a la observación de los encuestadores, la mayoría de los entrevistados dudaban acerca de la ubicación de la inspección, e incluso algunos de ellos confundían su respectiva inspección con las estaciones de policía.

Como vimos en el acápite relacionado con los características del comportamiento contravencional, el barranquillero en general no conoce el significado de la palabra contravención. El 35.9% de las personas encuestadas así lo manifestó cuando se les formuló la pregunta. Y en lo que refiere al concepto de norma policiva, en igual porcentaje manifestaron saber que era una norma policiva cuando respondieron relacionándola con una regla social de conducta, quedando un porcentaje alrededor del 40%, del cual se concluye que no sabe qué es una norma policiva.

De la misma forma, se les preguntó si sabían qué hacía un inspector de Policía, y el 70.9% manifestó que sí sabía. Con respecto a sus funciones, el 55.2% señaló que el inspector se encarga de resolver problemas tales como inseguridad, escándalos y riñas callejeras, contaminación ambiental, violación de espacio público, entre otros.

En relación con el conocimiento de la existencia del Código Nacional de Policía, el 76.3% señaló que sabía de su existencia, mientras que el 50% de la misma muestra señaló que conocía el código departamental. Es curioso que conozcan más el nacional que el departamental. Esto se reflejó cuando al preguntárseles por las funciones de dicho código, el 38.2% manifestó que no sabía y sólo un 23.1% lo relacionó señalando que su función es garantizar la convivencia ciudadana y prevenir las conductas que puedan alterarlas.

En cuanto a la parte afectiva, es decir, cuando se les preguntó cómo se sintieron cuando recibieron los servicios en la inspección, manifestaron que tranquilos en su mayoría, seguros, y sólo un bajo porcentaje, el 4.3%, dijo sentirse desesperado, el 3.1% se sintió inseguro y el 2.8% rabioso.

La mayoría de los inspectores, en el grupo focal, sostuvieron que los barranquilleros tienen buen concepto del servicio que prestan. Algunos de los comentarios fueron: «...que la actitud del usuario en las inspecciones de policía es positiva, se sienten bien»; «yo pienso que por lo menos el 90% de los que nos visitan se van contentos». Es decir, que tanto los barranquilleros como los inspectores coinciden en afirmar que hay una sensación de satisfacción y bienestar al recibir los servicios de las inspecciones de policía, lo cual es un factor importante en la relación humana que debe existir entre el inspector y el ciudadano. Sin embargo, en este sentido se presenta una contradicción debido a que algunos inspectores consideran que el generar temor en la comunidad incide en el cumplimiento de la norma, lo que han denominado en ocasiones respeto que está definido en términos de miedo y fuerza coercitiva.

La mayoría de los barranquilleros no utiliza el servicio de las inspecciones de Policía para solucionar los problemas de convivencia ciudadana. De acuerdo a los resultados obtenidos en la encuesta aplicada, el 51,1% manifestó no haber utilizado el servicio de las inspecciones de Policía, mientras que el 48,9% dijo que sí lo había utilizado, teniendo de presente que el 28.5% lo hace para formular denuncias, que en su mayoría corresponden a pérdida de documentos.

En la encuesta se les formularon unos casos relacionados con cada uno de los bienes jurídicos tutelados, como son la seguridad, la tranquilidad, la contaminación sonora, la salubridad, entre otros. Allí se plantearon algunas respuestas tratando de mirar si efectivamente el barranquillero acude a las inspecciones, cumple la norma, exige su cumplimiento. En todas las preguntas se establecieron unas opciones comunes: acudir a la inspección, No saber qué hacer, No prestar atención a lo sucedido, Intervenir directamente ya sea agrediendo o amenazando a la otra parte, entre otras. La tendencia que más se notó fue, en primer lugar, que acuden a las inspecciones y, en segundo, lugar no le prestan atención a la situación.

A manera de ejemplo se explica la pregunta 20:

  • Al llegar a su casa por la noche descubre que durante su ausencia han entrado ladrones y se han llevado todas las cosas de valor que tenía. ¿Qué haría usted?

De forma general, en esta pregunta se notó una marcada tendencia de los encuestados con un 83.7% de acudir a las inspecciones de Policía cuando se entran los ladrones a su casa, mientras que un 4.6% acude a los líderes de la comunidad.

Es conveniente señalar que a pesar de que los encuestados optan por acudir a la inspección de policía, la realidad es otra, ya que manifestaron que el acudir a la inspección es una mera formalidad, puesto que allí no podrán ser resueltos sus problemas, es decir que sus objetos personales no le serán devueltos con el pasar del tiempo.

• Estrato 1:

Afirma la tendencia general, puesto que un 79.5% acude a la inspección de policía, sin embargo un 6.5% manifiesto que se toma la justicia por sus propias manos y no opta por acudir a los líderes de la comunidad para resolver esta situación

• Estrato 2:

Un 87.4% acude a la inspección de policía y un 5.7% no le presta atención a la situación, mostrando así su percepción de que saben que en las inspecciones de policía no van a resolver su situación.

• Estrato 3:

Ocurre igual que con la tendencia general, puesto que un 82.4% acude a la inspección de policía, mientras que un 7.2% acude a los líderes de la comunidad.

• Estrato 4:

Ocurre lo mismo de la tendencia general en cuanto a la reacción de acudir a la inspección de policía con un 82.3% frente a un 5.1% que no le presta atención a la situación.

• Estrato 5:

Un 95.0% acude a la inspección de policía como primera medida, sin embargo un 2.5% no le presta atención a la situación, lo que muestra una variación en cuanto al resultado general.

• Estrato 6:

Acude a la inspección como primera opción un 86.7%, mientras que un 6.7% no le presta atención a la situación.

Se concluye que a pesar de que en el resultado general la segunda opción es acudir a los líderes de la comunidad, se notó que en los estratos 2, 4, 5, y 6 la segunda opción más marcada fue no hacer nada, puesto que saben que la inspección no va a poder resolver su situación.

Esta forma de comportarse frente al ejercicio del derecho que les asiste al vulnerarles el bien jurídico tutelado por la ley: seguridad, lo podemos confirmar con lo observado en los expedientes que se pudieron analizar7 en las inspecciones. Existe disposición por parte de los diferentes inspectores, ya que se vio el interés de impulsar debidamente los procesos, los cuales no se archivan sin cumplir con sus respectivas actuaciones y suspendiéndose éstas con causas justificadas. Sin embargo, se encontró con que a pesar de que se cumplen con las exigencias legales, al momento de cumplir con la finalidad del proceso, ésta no se logra debido a varios aspectos, tales como: falta de interés de la parte accionante, falta de recursos de la misma para pagarles honorarios a los peritos, secuestres, etc., falta de presencia del ministerio público, entre otras. Con esto se reafirma la observación de los encuestadores al formularles la pregunta relacionada.

En cuanto al cumplimiento de acciones que contribuya a la convivencia pacífica, podemos señalar otro ejemplo:

  • ¿Los hijos de su vecino tienen aterrorizada a la comunidad con sus travesuras, las cuales se han mantenido a pesar de elevar quejas a sus padres? ¿Cómo actuaría usted?

En esta pregunta, la mayoría, constituida por el 40.5%, considera conveniente aconsejar a los padres cuando sus hijos cometen travesuras, mientras que un 31.1% acude a la inspección de policía.

Alejándose del análisis porcentual y acercándose a un análisis social se observó claramente que los encuestados consideraban esta respuesta la más acertada, puesto que preferían delegarles a los padres la corrección del comportamiento de los hijos en vez de delegarle dicha función a un funcionario de la policía.

• Estrato 1:

En este estrato se reitera el resultado general, con base en que el 39.5% aconseja a los padres y el 29.5% acude a la inspección de policía.

• Estrato 2:

Ocurre igual, puesto que el 36.0% cree conveniente aconsejar a los padres, mientras que un 29.1% acude a la inspección de policía.

• Estrato 3:

El 44.7% aconseja a los padres y el 34.2% acude a la inspección de policía, lo que corrobora el resultado general.

• Estrato 4:

Igualmente, en este estrato el 43.0% de los encuestados opta por aconsejar a los padres y el 32.9% acude a la inspección.

• Estrato 5:

Es el único estrato en el que el comportamiento varió con respecto al resultado general y el de los estratos, puesto que un 40.0% acude a la inspección de policía como primera medida y el 37.5% aconseja a los padres. La diferencia entre ambos porcentajes no es tan marcada, por lo que se podría decir que se mantiene la tendencia de los demás estratos.

• Estrato 6:

Se advierte en este estrato que el 50% aconseja a los padres y un 20% acude a la inspección de policía.

Con base en lo anterior se reitera lo mencionado inicialmente con respecto a esta pregunta, es decir, el barranquillero prefiere resolver la situación con quien maneja un vínculo de familiaridad con los niños.

Otro ejemplo que muestra la tendencia para que apliquen las medidas de policía:

  • Usted se ha dado cuenta de que el tendero de su cuadra tiene adulteradas las balanzas que utiliza para pesar los alimentos y vende por debajo del peso. ¿Usted qué haria?

El resultado general arrojó que un 31.6% acude a la inspección de policía, mientras que un 17.1% reúne a los vecinos y les cuenta lo que está pasando con el tendero. Aquí la percepción más clara, de acuerdo a los resultados, sería acudir a la inspección de policía, pero lo expresado por los encuestados es diferente: sostienen que en caso de afrontar esta situación optarían por cambiar de tienda.

• Estrato 1:

En este estrato, la tendencia general varía, puesto que el 33.5% de los encuestados le pregunta al tendero por qué esta incurriendo en esa conducta, mientras que, por otro lado, un 26.5% reuniría a los vecinos para contarles lo sucedido.

• Estrato 2:

En este estrato se reitera el resultado anterior, es decir que un 36.6% manifiesta que le preguntaría al tendero por qué incurre en esta conducta y un 28.6% acude a la inspección de policía.

• Estrato 3:

Ya en este estrato se reafirma la tendencia general, aunque en parte, puesto que un 39.2% manifiestó que acude a la inspección de policía, y por otro lado, el 30.1% prefiere preguntarle al tendero por qué incurre en esa conducta.

• Estrato 4:

Una vez más se confirma la tendencia general en cuanto a la respuesta más frecuente, ya que el 44.3% de los encuestados acude a la inspección de policía y un 17.7% le pregunta directamente al tendero por qué incurre en esa conducta.

• Estrato 5:

El 40.0% afirma la tendencia general de acudir a la inspección de policía como primera medida, aunque varía en la segunda respuesta más frecuente, ya que un 17.5% amenaza al tendero con denunciarlo a las autoridades.

• Estrato 6:

Ya para terminar, en este estrato el resultado varía frente a la tendencia general, puesto que un 40.0% no le presta atención a la situación, y un 16.7% prefiere preguntarle al tendero por qué incurre en esa conducta.

A manera de conclusión vale la pena resaltar que la tendencia general no se confirma totalmente en los estratos, aunque sí se confirma la preferencia de acudir a las inspecciones de policía; sin embargo, en el estrato 6 la primera opción es no prestarle atención ala situación. Otro punto que cabe resaltar es que los encuestados consideran que es preferible cambiar de tienda en vez discutir con le tendero o acudir a la inspección.

3.2.1. Relación de las normas policivas con la cultura de la comunidad barranquillera

Resulta importante conocer la percepción de los inspectores sobre el perfil comportamental del barranquillero y de alguna manera observar cómo culturalmente lo relacionaban con el concepto que tienen sobre su ciudad. En efecto, perciben a Barranquilla como una ciudad violenta, con desorganización social. Definen al barranquillero en función de la cultura ciudadana, en la que prima la indisciplina, el caos y la falta de autoridad.

El barranquillero desconoce las normas policivas. Salvo algunas excepciones, observan que se presentan muy a menudo problemas o conflictos entre los vecinos por cualquier motivo. El respeto hacia la norma policiva o hacia la figura del inspector de policía está definida en términos de miedo y fuerza coercitiva.

Una información muy importante y fundamental que se hace necesario considerar en este estudio es que algunos inspectores manifestaron que hay un gran número de población que no es barranquillera. Las personas que vienen de afuera, y así lo manifestaron, se diferencian del barranquillero, ya que se nota el desconocimiento total que tienen de las normas y el no reconocimiento de autoridades.

Las migraciones de habitantes de otras ciudades y pueblos aun persisten, lo cual incide de manera notable en los comportamientos sociales, la forma como se percibe la ley, la autoridad y el orden social. Algunos inspectores así lo sostuvieron cuando afirmaron que en Barranquilla no hay casi barranquilleros. Por tanto, de alguna manera sigue ocurriendo lo que denominaríamos la mezcla de gente, que en su momento histórico se denominó mestizaje.

Los factores señalados a través de la historia de la ciudad que fueron mencionados en el marco teórico de esta investigación, tales como la libertad que se respiraba en los inicios de Barranquilla y la carencia de políticas institucionales de sometimiento, posiblemente han dado lugar a que el barranquillero se encuentre viviendo en la permisividad y creyendo en soluciones poco adecuadas e informales ante los problemas que pueden ser resuelto por las autoridades en el marco de la ley.

Adicionalmente se ha señalado como elemento característico del carácter del barranquillero el repudio total a todo tipo de imposición desmedida; esto se refleja en el poco sentido de pertenencia con respecto a las normas. Es así como vemos en la ciudad que la comunidad permanentemente está incumpliendo con las normas sociales de convivencia mínimas que se requieren para vivir en paz. Se puede de esta forma afirmar que el barranquillero utiliza la rebeldía y la resistencia a las imposiciones como elemento de autoafirmación de su identidad de «libre»8.

Otro elemento que influye es el número de habitantes de estratos 1 y 2, no contando con aquellos que no alcanzan las condiciones mínimas necesarias para vivir dignamente. Desde el punto de vista social, la pobreza y los cordones de miseria van marcando patrones sociales y culturales que de algún modo pueden estar incidiendo en la comisión de conductas contravencionales. De acuerdo a la encuesta aplicada a los barranquilleros, la necesidad económica ocupa el segundo lugar entre las razones por las cuales se cometen este tipo de afectaciones a la convivencia ciudadana. Adicionalmente, se observa cómo la pobreza lleva a que las personas busquen formas alternativas de ganar el sustento económico, que es la llamada popularmente la «ley del rebusque», la cual se refiere al comercio informal y que es una situación que viene siendo regulada por los inspectores de policía, tal como lo manifestaron en el grupo focal y que incide notablemente en la convivencia ciudadana, ya que no sólo afecta o vulnera el espacio público sino también la integridad física, la contaminación sonora, debido a que el afán de posicionarse o delimitar terrenos hace que hayan dificultades entre las personas.

El ambiente de tolerancia que existía hasta hace algunos años ya no es la constante en la actualidad; por el contrario, antes cuando se acercaba alguien a pedir ayuda, allí estaba el barranquillero dispuesto a colaborar en lo que estuviera a su alcance. Hoy en día, el miedo y la desconfianza están presentes en la ciudadanía; esto se observó en la aplicación de las encuestas cuando muchas de las personas no la respondieron por temor de abrirles las puertas de su casa a personas que si bien se identificaban, no les daba la tranquilidad de ser quienes afirmaban ser. Es importante anotar que esto sucedió en todos los estratos encuestados. Asimismo, el concepto de solidaridad ha cambiado, hay más individualismo y egoísmo frente al afrontamiento de los problemas.

La prensa señala que la perturbación a la tranquilidad, seguridad, moralidad y salubridad aumenta en la época carnestoléndica, es decir que la prácticas culturales en la ciudad se ven alteradas por las contravenciones. Esto no es algo exclusivo a la ciudad de Barranquilla, y con medidas adecuadas es posible que exista orden y disciplina en medio del jolgorio. Es importante que a partir de una cultura propia de una ciudad se puedan diseñar mecanismos que garanticen todos los bienes jurídicos que integran la convivencia ciudadana; es decir, se hace necesario establecer un equilibrio entre el orden social y el desorden de las fiestas. El caribe trata de buscar su felicidad en el abandono y olvido de todas las normas y todas las reglas y buscamos todos los pretextos para romperlas en los cinco días de carnaval.9

La tradición oral, característica del barranquillero, que es una cualidad, en algunos momentos, si no se maneja con prudencia, lleva a que se cometan contravenciones como la injuria y la calumnia. La oralidad, la vocación conversadora y la franqueza típica de los habitantes de la ciudad influyen en la agresión verbal y amenazas, que muchas veces es el comienzo de las riñas, que se constituyen en perturbación a la tranquilidad y una vulneración a la integridad personal. Lo mismo ocurre con el «mamagallismo», que empieza en forma de chistes y diversión y degenera en formas variadas de violencia en diferentes ámbitos, en las fiestas, al interior de la familia y en espacios como la calle.

Se refleja cómo en el diario acontecer, los tradicionales juegos de dominó en las esquinas, las conversaciones en la puerta de la casa han tenido que reducirse debido al desajuste social y al incumplimiento de las normas por parte de algunos ciudadanos.

Esta situación viene variando diariamente, ya ni siquiera se puede decir con el paso de los años; según estudios recientes, el 32,7% de los barranquilleros piensa que el problema más grave que enfrenta la ciudad hoy por hoy es la inseguridad, y más del 60% opina que la inseguridad ha aumentado10; pero a pesar de esta percepción, el barranquillero toma posiciones pacíficas frente a estos elementos, por ej emplo, utiliza rejas para protegerse de los robos y atracos, prefiere usar la oralidad y la vocación conversadora como fuente para la solución pacífica de los conflictos que se le presentan antes que la agresión o el uso de las armas11.

Vale la pena recordar lo que señalamos al inicio tratando de definir qué es una ciudad, y tal como se sostuvo, vemos que la ciudad no es sólo ese conjunto urbano de casas, edificios, plazas, puentes, sino también una estructura cultural compuesta por normas, códigos y convenciones para su uso, sistemas de representaciones, lugar de utopías y miedos, riesgos y aventuras, encuentros y desencuentros, evocaciones y rupturas12. Esa es la razón por la cual la ciudad se constituye en un modo nuevo de estar juntos, como lo señala Jesús Martín Barbero13, desde el cual los ciudadanos experimentan la heterogénea trama sociocultural de la ciudad, las renovadas formas de exclusión social junto a la enorme diversidad de estilos de vivir, de modos de habitar, de estructuras del sentir y del narrar. Por eso es importante. De ahí nuestra preocupación en relacionar las normas que regulan el comportamiento del hombre en la sociedad con el contexto cultural que lo rodea, porque sólo entendiendo el carácter comportamental del barranquillero es posible estructurar normas y códigos que reflejen su idiosincrasia y haga más fácil la apropiación de ellas por parte de la misma comunidad.

CONCLUSIONES

La ineficacia de las normas policivas es un problema que está afectando la convivencia ciudadana en nuestra ciudad, y ella se ha podido demostrar en este estudio tanto institucionalmente como culturalmente. El barranquillero no tiene conocimiento de las normas policivas, y en ese orden, no respeta ni hace respetar sus derechos. No los conoce, no ha interiorizado el compromiso de participar en la construcción de reglas de convivencia ciudadana.

Los barranquilleros confunden la inspección de policía con las estaciones de policía. El barranquillero no conoce el significado de la palabra contravención. Conoce la existencia del Código Nacional de Policía pero no relaciona el departamental. Esto lleva a la conclusión que no se tiene una apropiación del derecho que se tiene como ciudadanos a convivir en paz. Si no hay interés en identificar y conocer las autoridades e instituciones que existen en la comunidad, y fundamentalmente las cercanas a sus viviendas, mucho menos se puede sentir pertenencia por la ciudad, y en ese orden, por la convivencia pacífica y en armonía de todos sus integrantes. Se observó que una tendencia comportamental es no prestarles atención a las cosas que no afectan directamente a las personas.

Las inspecciones de policía, no obstante su precariedad, son calificadas como buenas. Si bien la mayoría de las personas no han acudido a las mismas, la mayor parte de las que se han presentado en ellas no lo ha hecho para solucionar problemas de convivencia sino, como lo señalaron los resultados de las encuestas, para formular denuncias por la pérdida de documentos. La conclusión a la que se llega es que el barranquillero no tienen sentido de pertenencia con el ejercicio del derecho. Poco o nada le interesa restablecer sus derechos cuando le son vulnerados, y la razón es sencillamente porque no cree en los resultados de la gestión policiva. Como dicen ellos, van porque tienen que ir, pero de ahí a que se resuelva el problema, la diferencia es grande.

Barranquilla es percibida como una ciudad violenta, con desorganización social. La indisciplina, el caos y la falta de autoridad son características de la ciudad. Esta conclusión no sólo se obtiene de los resultados de esta investigación sino de la realidad cotidiana.

La tranquilidad y la seguridad son los bienes jurídicos más vulnerados, en especial por conductas como riña, escándalo en la vía pública, violación al espacio público, la agresión a la integridad física y perturbaciones a la posesión y a la tenencia. En la triangulación de los resultados se pudo apreciar que son cuatro las contravenciones que coinciden en los resultados obtenidos de la aplicación de los instrumentos: riñas, amenazas, escándalos y perturbación a la posesión. Esto permite concluir que la actitud comportamental del barranquillero corresponde a la misma percepción que se tiene sobre la ciudad: en términos de violencia, irrespeto a la autoridad, desorganización e indisciplina.

Las razones por las cuales el barranquillero comete infracciones fundamentalmente son la necesidad económica, la intolerancia, la falta de conocimiento sobre las normas policivas y los vicios y malas costumbres. Estas conclusiones son la percepción que tienen en su mayoría los barranquilleros.

El comportamiento contravencional del barranquillero se relaciona con las normas policivas en los términos en que efectivamente están descritos por las mismas. El problema se presenta en cuanto a la aplicación de las sanciones previstas, ya que se encuentran desajustadas a la realidad; su desconocimiento y falta de interiorización debido al poco o ningún trabajo comunitario que existe con relación a la formación relacionada con la convivencia ciudadana y al desconocimiento total y parcial en algunos casos de la norma policiva, como reguladora de la convivencia ciudadana.

Las nuevas medidas policivas deben articularse en el contexto cultural del barranquillero, de manera que se genere un mayor nivel de conciencia y pueda de esta forma cumplir su función preventiva y correctiva pero principalmente instructiva de los deberes y principios tanto morales como sociales que deben imperar en nuestra ciudad.

Se debe estructurar una labor pedagógica e instructiva tanto institucional como normativa por parte de la Alcaldía Distrital, dirigida no sólo a la comunidad sino a las autoridades y funcionarios encargados de ejercer la función policiva.


Notas

* Este artículo hace parte de los resultados de la investigación «Análisis institucional y cultural de las Normas Policivas: Su eficacia jurídica como estatuto de convivencia ciudadana en la ciudad de Barranquilla», financiada por la Universidad del Norte, en el marco de la convocatoria de proyectos de menor cuantía en el año 2003.

1 COLOMBIA, PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA. Los alcances de la Unidad Permanente de Justicia. {En línea}, 2001. Disponible vía Internet: http://www.presidencia.gov.co/convivencia/unidad.htm

2 Este es el concepto con el que ha venido trabajando la Administración Distrital de Bogotá. En ESPINEL VALLEJO, Manuel, ¿Y la Cultura Ciudadana qué? En CAMPO, Yesid y ORTIZ, Ismael (1998). La ciudad observada (p. 160). Bogota: Tercer Mundo Editores.

3 KING, Gary et al. (2000). El diseño de la investigación social. La inferencia científica en los estudios cualitativos, Madrid: Alianza editorial.

4 SAMPIERI, Roberto et al. (2003). Metodología de la investigación, México: MacGraw-Hill.

5 Ibid, p. 305.

6 Op. cit., p. 104.

7 GOMEZ, Silvana, CAMPO María y MERCADO Tatiana, monografía de grado adscrita a esta investigación titulada «Los procesos policivos en la ciudad de Barranquilla con relación a las disposiciones legales que los rigen y las necesidades sociales que las originan».

8FUNDACIÓN SOCIAL (1998). Barranquilla: En busca de una segunda oportunidad sobre la tierra. La ciudad mestiza y su cultura (p. 63). Barranquilla.

9 SÁNCHEZ JULIAO, en FUNDACIÓN SOCIAL, op. cit., p. 63.

10 CÁMARA DE COMERCIO Y DATEXCO (2003, 22 de enero). Estudio de victimización (p. 57) (disco). Barranquilla.

11 FUNDACION SOCIAL, op. cit., p 55.

12 CRUZ KRONFLY, Fernando (1996). Las ciudades literarias. En Revista Universidad del Valle, N° 14, p.4.

13 BARBERO, Jesús Martín (1996). La ciudad virtual. En Revista Universidad del Valle, N° 14, p. 27.


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