ISSN Impreso 0121-3261 |
ARTÍCULO DE INVESTIGACIÓN / RESEARCH ARTICLE
RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL EUROPEA EN COLOMBIA*
Social Responsibility of the International European Cooperation in Colombia
Carlos Zorro Sánchez**
Universidad de Los Andes (Colombia)
Profesor Asociado de la Universidad de los Andes czorro@uniandes.edu.co
Resumen
Este artículo se ocupa de la manera cómo la Unión Europea y algunos de los Estados que la integran han entendido el concepto de Responsabilidad Social y cómo lo han expresado en los programas de cooperación que ejecutan en Colombia. En una primera parte, el artículo analiza la Responsabilidad Social como expresión ética, ubicándola en el contexto de la cooperación internacional, y en una segunda parte examina, con base en la documentación disponible y en entrevistas con directivos de las Agencias de Cooperación, la manera cómo este concepto se refleja en sus programas. El artículo concluye que estos muestran un profundo sentido ético que combina adecuadamente elementos teleológicos, deontológicos y utilitaristas y se traduce en acciones socialmente responsables, pero que no son calificadas como tales porque el concepto de responsabilidad social tiende a limitarse al ámbito de la empresa privada.
Palabras clave: Colombia; cooperación internacional; políticas públicas; responsabilidad social; Unión Europea.
Abstract
This article examines the way in which the European Union and some European States have understood the concept of Social Responsibility, and how they have introduced it in their Cooperation Programs for Colombia. In its first part, the article analyses Social Responsibility as an ethical expression and put it in the context of International Cooperation; based in written documents and interviews realized to some leaders of the Cooperation Agencies, the second part of the article studies how this concept is reflected in their programs. The article concludes that these programs have a deep ethical sense than conveniently combines teleological, deontological and utilitarian elements, generating socially responsible actions; notwithstanding, this quality is not enhanced because the concept of social responsibility tends to be reserved for the actions of private enterprises.
Keywords: Colombia; European Union; International Cooperation; Public policies; Social Responsibility.
Introducción
La cooperación internacional surgió como un componente de las relaciones entre países cuyos niveles de ingreso difieren considerablemente o como una forma de ayuda de la comunidad internacional hacia las poblaciones más desprovistas de recursos. Este artículo se ocupa, en términos generales, de la manera cómo la Unión Europea y algunos de los Estados que la integran han entendido el concepto de Responsabilidad Social en relación con esa cooperación y cómo este entendimiento se ha expresado en los programas de esta naturaleza que la Unión y los referidos Estados ejecutan en Colombia. En una primera parte el artículo discute brevemente el concepto de Responsabilidad Social en el contexto de la cooperación internacional y en una segunda parte examina cómo este concepto se refleja en los programas y acciones de la cooperación europea en Colombia.
Responsabilidad social de la cooperación internacional
Planteamiento del debate
El concepto de responsabilidad social, entendido como el compromiso que cada persona tiene con sus semejantes, tiene raíces antiguas y muy profundas en el pensamiento ético "occidental"1, anclado en el pensamiento de los antiguos filósofos griegos y en la tradición judeo-cristiana2. No obstante, la idea de que los seres humanos tienen una responsabilidad hacia los demás —que por su misma naturaleza resulta indisociable de la ética— estuvo durante mucho tiempo confinada al campo de las virtudes promovidas por la moral cristiana y solo hacia mediados del siglo XIX comienza a ser asociada de manera sistemática a otras nociones que, aunque compatibles con la anterior, tienen fundamentos distintos; tal es el caso de la noción de filantropía, resaltada especialmente en los escritos de Andrew Carnegie, para quien el éxito en los negocios implicaba una obligación correspondiente de promover a otras personas para que recorrieran también ese camino de mejoramiento económico y social3.
Ahora bien, la creciente miseria de los trabajadores, resultante de las prácticas del capitalismo industrial a lo largo de los siglos XVIII y XIX, llevó a la Iglesia Católica a pronunciarse de manera más explícita sobre la manera como la justicia, virtud que dentro de su moral resulta indispensable como guía para las relaciones entre los seres humanos, implicaba un conjunto de obligaciones de los patronos con respecto a sus trabajadores, inclusive en un mundo cada vez más impregnado por la lógica del capitalismo y su sujeción a las directrices del mercado4. Esto dio origen a lo que se ha llamado la "Doctrina Social de la Iglesia Católica", con un conjunto de orientaciones que fueron "oficializadas" a partir de la encíclica Rerum Novarum de León XIII.
Estas nuevas aproximaciones a las reglas de carácter ético que deben orientar el comportamiento de cada ser humano frente a los demás, fueron poco a poco dando forma a diversas concepciones de lo que en el lenguaje contemporáneo se ha denominado "responsabilidad social", cuyo común denominador es una forma de actuar que busca contribuir a que los demás seres humanos "estén mejor" y, aún, en algunos casos, a que "lleguen a ser más". No obstante, lejos de haberse logrado un consenso sobre la naturaleza, necesidad, alcance y gestión de esa responsabilidad, ha surgido en torno a ella un fuerte debate, incluyendo la negativa de autores influyentes, a los que se hará referencia en breve, a aceptar que ella vaya más allá del cumplimiento estricto de las leyes del mercado.
Aunque el debate en cuestión se ha planteado principalmente con respecto a la responsabilidad de las empresas capitalistas, es generalmente admitido en los trabajos académicos que ser socialmente responsable —independientemente del contenido que se le dé a esta expresión— es algo aplicable también a los individuos, a las organizaciones sin ánimo de lucro y a los mismos Estados.
Ahora bien, al entrar en el ámbito de lo público, de los Estados y de sus agencias, la primera cuestión que surge es justamente la relativa a la existencia, naturaleza y alcance de su responsabilidad social. Sobre este punto, la discusión contemporánea en "Occidente" se inicia con la superación de los absolutismos reales en Europa: si el Estado va más allá de la figura del soberano y si este queda sometido a la ley, la arbitrariedad deja de ser la norma que rige las relaciones con sus súbditos; más aún, poco a poco la teoría del pacto social se va abriendo paso y, de acuerdo con los primeros grandes teóricos de la democracia liberal, la razón de ser del Estado es la protección de la vida, la libertad y la propiedad de sus ciudadanos, inclusive contra las decisiones del monarca que queda así sometido a la ley5. De este enunciado se desprende que, en su mismo origen, el Estado contemporáneo asume frente a la nación que lo integra, unos compromisos, una responsabilidad: la protección de esos bienes superiores.
La crisis del capitalismo en los años treinta del siglo XX condujo a ampliar la esfera de esta responsabilidad, al comprometer inicialmente a los Estados en intervenciones llamadas primero a garantizar la estabilidad económica en momentos de insuficiencia del mercado y, más adelante, también a promover el bienestar de los ciudadanos mediante estrategias dirigidas tanto a impulsar el crecimiento económico como, más recientemente, el "desarrollo humano"6. Sin embargo, esta extensión ha sido fuertemente cuestionada por las teorías de tipo neoliberal para las cuales la función del Estado contemporáneo —y por ende su responsabilidad— debe retornar a lo propuesto por las teorías que originalmente lo sustentaron.
El debate sobre el alcance de la responsabilidad de los Estados se ha extendido al ámbito geopolítico, ya que, desde mediados del siglo XX, autores y responsables políticos han planteado la necesidad de que esa responsabilidad se proyecte hacia personas que aunque residentes fuera de la jurisdicción de un determinado Estado, afrontan situaciones en ocasiones de extrema necesidad que no pueden ser resueltas por sí mismas ni por los Estados de los que hacen parte, pero sí por ese otro Estado dotado de mayores recursos. Estos planteamientos llevan a interrogarse acerca de la validez de esa nueva figura: la cooperación internacional. También sobre este asunto se observan dos posiciones radicalmente opuestas: la de quienes consideran que los Estados que disponen de mayores recursos tienen una responsabilidad frente a población de cualquier parte del mundo que vive en condiciones a veces infrahumanas y la de aquellos para quienes esa responsabilidad no existe y en cuya opinión la simple tentativa de llevarla a la práctica puede ser contraproducente para el desarrollo de esas sociedades.
No es el propósito de este artículo exponer los argumentos que sustentan las posiciones de los autores enfrentados pero, simplificando, quienes niegan que cualquier Estado tenga algún tipo de responsabilidad frente a las condiciones de vida de los habitantes de otros Estados, no solo aducen las mismas razones que a su juicio desautorizan la intervención de cada Estado en los procesos de sus propias sociedades sino que agregan argumentos de orden ético, político y práctico para negar validez a la cooperación. Esta es la posición autores como Nozik, Bauer, Hayek y M.Friedman7. En palabras de este último (1958, pp. 71 - 72), lo que se requiere para el desarrollo
[...] es una atmósfera de libertad, de máximas oportunidades para que los individuos experimenten y de incentivos para que lo hagan en un entorno en el que puedan darse pruebas objetivas de éxito y fracaso; en breve, un mercado capitalista libre y vigoroso (que es)... no solo la ruta más efectiva sino la única para un desarrollo económico que eleve los niveles de vida de la gran masa de población.
Coincide así con Bauer8 para quien la ayuda externa
"[...] ha tendido más a obstruir el desarrollo que a promoverlo. Las donaciones externas nunca han sido necesarias para el desarrollo de ninguna sociedad. El éxito económico depende de factores personales, culturales, sociales y políticos, es decir de las propias facultades, motivaciones y costumbres de la gente, de sus propias instituciones y de las políticas de sus dirigentes (p. 46).
También desde posiciones de "izquierda", inspiradas en tesis antimperialistas, la cooperación ha sido cuestionada. Su crítica está bien expuesta por Galtung (2008, p. 184) quien, citando a Kaldor, manifiesta que la asistencia oficial al desarrollo consiste en "[...] quitar el dinero de la gente pobre en los países ricos para dárselo a la gente rica en los países pobres". Lo primero por la vía de impuestos; lo segundo mediante concesiones/préstamos para proyectos administrados por las élites.
Por su parte, quienes estiman que la cooperación internacional es un instrumento de desarrollo que tiene un profundo sentido ético y de responsabilidad social, encontrarán bien reflejada su posición en los siguientes enunciados de la Comisión Brandt (1980, citados por Riddell, 1997, p. 99):
Hasta donde concierna a la población y a los países más pobres, los principales motivos de nuestros propósitos (de cooperación) son la solidaridad humana y un compromiso de justicia social internacional. Es necesario poner fin a la privación y al sufrimiento. No puede aceptarse que en algunas partes del mundo la mayor parte de la gente viva de manera relativamente confortable, mientras en otras lucha por sobrevivir.
Esto no se opone, según la misma Comisión a que los ciudadanos de los países ricos entiendan "[...] que una vigorosa política de cooperación no sería en último término una carga sino una inversión en una economía mundial más saludable y en una comunidad mundial más segura". La responsabilidad internacional es así sustentada desde perspectivas éticas teleológicas (vivir mejor), deonsológicas (justicia social) y utilitaristas (economía más saludable y un mundo más seguro).
Este enunciado implica que la cooperación internacional surge de un compromiso ético que va más allá de las fronteras nacionales. Como lo expresaba ya en 1962 el gobierno sueco, citado por Myrdal (1970)10:
El creciente sentimiento de solidaridad y responsabilidad internacional refleja una visión más profunda hacia el hecho de que la paz, la libertad y el bienestar no son preocupaciones exclusivamente nacionales, sino algo que es cada vez más universal e indivisible (p. 46).
Pero esta afirmación también ha sido controvertida por dos razones principales:
En primer lugar, ella ha reavivado en diversos autores y líderes políticos la preocupación, vigente desde la antigüedad, acerca del supuesto derecho de algunos pueblos (hoy organizados como Estados11) a intervenir en los asuntos de otros y, más aún, a imponerles su cultura y sus formas de organización política. En el caso concreto de la cooperación internacional, cabe preguntarse, por ejemplo, hasta qué punto es socialmente responsable difundir y promover los conceptos y las prácticas conducentes al desarrollo de tipo occidental —cuya lógica impregna el pensamiento y la acción de la mayoría de los Estados cooperantes— en pueblos cuyas culturas difieren profundamente de aquella en que se originó este concepto (Escobar, 1996). En segundo lugar, y desde una perspectiva muy distinta, el planteamiento recogido por Myrdal se opone al pensamiento de autores como Rawls, quien con base en su bien conocida teoría de la justicia sostiene que aunque es inaceptable que millones de habitantes del planeta subsistan en condiciones infrahumanas, la solución de esta aberración solo es un asunto de justicia para los Estados habitados por esa población, ya que la justicia solo se entiende en el marco del pacto social que forja una organización política. Por esto, ningún Estado es responsable de lo que sin su intervención ocurre en otros Estados y aunque es bien vista la contribución que brinden los que más recursos tienen, para mejorar las condiciones de los otros, esta contribución es puramente altruista, filantrópica y no obligatoria (Rawls, 1996, pp. 87-137).
Ahora bien, quienes hoy en día consideran que los Estados son responsables de contribuir a la formación de un mundo mejor, inclusive más allá de sus fronteras, tienden a aceptar el enunciado del gobierno sueco arriba citado. Esta es la posición de autores como Amartya Sen (2000) para quienes el imperio de la pobreza y la miseria en vastas regiones del mundo es un hecho que afecta al conjunto de la humanidad y no a unos cuantos habitantes desconectados del resto; situaciones como esas son el resultado de fallas en la justicia a distintos niveles (locales, nacionales, internacionales, globales), fallas a cuya superación están obligados a contribuir los Estados que cuentan con mayores recursos12. Más aún, en palabras de Morin, "La comunidad de destino de la especie humana frente a problemas vitales y mortales comunes exige una política de la humanidad [...]" y a ella debe apuntarse en el futuro (2011, p.47).
Marco analítico del trabajo
Este trabajo comparte los planteamientos consignados en el párrafo anterior y es a la luz de ellos que examina las razones que sustentan la cooperación europea y algunas de sus prácticas, particularmente en relación con el caso de Colombia.
La responsabilidad social es hoy entendida de muy diversas maneras, algunas de las cuales han terminado por banalizarla y dejarla casi por completo desprovista de contenido, lo que ha servido para sustentar la posición de algunos autores que cuestionan el concepto y proponen sustituirlo por otro como el de "sostenibilidad" que, sin embargo, se deriva directamente de su antecesor y guarda con este similitudes evidentes13.
Buscando de alguna manera rescatar el concepto de responsabilidad social y refiriéndose a la acción de las empresas, Porter y Krammer (2011, pp. 34, 36) señalan que la solución está en el principio del valor compartido, conforme al cual es posible generar valor económico de una manera que también genere valor para la sociedad al abordar sus necesidades y desafíos. En esta forma, las empresas deben conectar su éxito en los negocios con el progreso social. El valor compartido no es responsabilidad social ni filantropía, ni siquiera sostenibilidad, sino una nueva forma de éxito económico que beneficia a todos y que se define por los beneficios generados no solo para la empresa, sino para la sociedad. Esto se aproxima a los planteamientos según los cuales una acción socialmente responsable genera "valor público", o sea un balance positivo entre los costos en que la sociedad incurre para que tal acción sea realizada y los beneficios que ella genera para el conjunto de la población (Mokate & Saavedra, 2004).
No obstante, se considera en este artículo que el concepto de responsabilidad social recobra su sentido e importancia si se reconoce la relación indisoluble que lo vincula con la ética. El ser humano es a la vez individuo y miembro de una sociedad, dualidad esta que lo obliga a armonizar sus propios intereses con los de los otros individuos con los que está llamado a convivir; ahora bien, esta convivencia contribuye a la plena realización de su personalidad: un individuo aislado tiene menos posibilidades de perfeccionar y aprovechar sus atributos, que otro que puede realzarlos mediante sus relaciones con miembros de la sociedad de la que hace parte. En tal virtud, las interacciones entre los seres humanos son formas de influencia recíproca que brindan a cada uno la oportunidad de perfeccionar sus atributos; por ello, quien libremente es responsable de la incidencia positiva o negativa de su acción sobre la persona o personas afectadas por aquella. Esta responsabilidad es consecuencia de la libertad que pone al ser humano frente a la necesidad de tomar decisiones, con criterios éticos relativos a fines, medios y utilidades. Si alguien no es libre, no es responsable, pero todo ser libre tiene algún grado de responsabilidad frente a los demás. En síntesis, en condiciones de libertad, toda persona es socialmente responsable.
Pero así como cada individuo —o persona natural en el lenguaje jurídico— es responsable por su comportamiento frente a los demás, también lo son las organizaciones, en su calidad de entes a los que se reconoce una personalidad distinta de la de los miembros que las integran14. Esta afirmación es válida tanto para las organizaciones públicas como para las privadas; para las que están integradas a la lógica de la actividad capitalista en busca de la máxima utilidad y de las que operan con una lógica diferente al ánimo de lucro; para las que operan en ámbitos territoriales locales y para las que se proyectan a las esferas internacional o global.
Pero aun quienes aceptan la existencia de esa responsabilidad difieren con frecuencia en las razones que sustentan su ejercicio. Desde la perspectiva empresarial, Garriga y Melé (2004) proponen ordenarlas en cuatro categorías conceptuales que bien pueden adaptarse para fundamentar la cooperación de unos Estados hacia otros. Sobre esta premisa, tales razones podrían enunciarse de la siguiente manera: razones instrumentales, de acuerdo con las cuales la cooperación internacional (a cuyas acciones se les atribuye ser socialmente responsables) se sustentan en el beneficio —económico, político o de otra índole— que de una u otra manera logran los Estados que las llevan a cabo—; razones políticas de acuerdo con las cuales el poder de un Estado se manifiesta, entre otras formas, en las acciones que realiza para beneficio de otros; la cooperación sería así una expresión de hegemonía; razones integrativas derivadas de la necesidad de dar respuesta a demandas sociales impostergables, y razones de justicia o so-lidaridad15 que se basan en el compromiso de una sociedad con otra, bien sea como expresiones de altruismo o filantropía (Rawls, 1996) o como respuesta a una exigencia de justicia (Sen, 2010; Nussbaum, 2007, entre otros).
Ahora bien ¿Cuándo puede afirmarse que una organización —o una persona natural— actúa de manera socialmente responsable?
Hoy en día es generalmente aceptado que no basta con que la respectiva persona natural o jurídica realice programas en beneficio de otros: siguiendo las teorías del valor público y el valor compartido arriba enunciadas, es indispensable que los beneficios derivados de tales programas le aporten a la sociedad más que los costos en que incurre como consecuencia de las acciones de la persona en cuestión. Si, por ejemplo, esta realiza un gran conjunto de soluciones de vivienda que entrega en condiciones favorables a población destechada, pero los costos que genera en términos de deterioro de la salud como consecuencia de la contaminación que se desprende del proceso productivo que corresponde a su actividad principal son mayores que la contribución que brinda mediante la provisión de viviendas, no puede afirmarse que se trata de un agente socialmente responsable. Este enfoque será tomado como referencia en este artículo.
Los conceptos de responsabilidad social en los enunciados y la práctica de la Cooperación Europea en Colombia
Planteamientos de carácter general que orientan la acción socialmente responsable de la cooperación europea
Ante todo es preciso señalar que no se pretende aquí analizar hasta qué punto son socialmente responsables las políticas de la Unión Europea y de algunos de los Estados que la integran; simplemente se busca examinar si la responsabilidad social es incorporada en los enunciados y la práctica de la cooperación de la Unión y de algunos Estados y, en caso afirmativo, la manera como se está haciendo esta incorporación. Esto circunscribe considerablemente el campo de la investigación y el alcance de su análisis y de sus conclusiones.
La precisión anterior es indispensable, ya que el juicio que se emita sobre la responsabilidad social que se observa en los programas de cooperación, no necesariamente coincide con la apreciación que se tenga acerca del grado de responsabilidad social que se manifiesta en las políticas generales de la Unión o de algunos de sus miembros. De hecho, es indudable que estas políticas, en aspectos que están por fuera de sus acciones de cooperación, resultan altamente discutibles desde la perspectiva de la responsabilidad social de la Unión y de los Estados respectivos y que, inclusive, en ocasiones ellas han ido abiertamente en contravía de los propósitos explícitos de la cooperación.
Tal es el caso, por ejemplo, de la política de subsidios otorgados a sus agricultores en desmedro de la posibilidad que podrían tener los agricultores de países de menores recursos de exportar sus productos a los Estados de la Unión16, o de las restricciones a la inmigración de personas provenientes de los países más pobres. Evidentemente, estas políticas son sustentadas con argumentos de diversa índole, algunos claramente inspirados en consideraciones éticas y de responsabilidad social pero cuya discusión está por fuera del ámbito de este trabajo; por ello no se emitirá ningún juicio acerca del carácter socialmente responsable o no de las políticas de la Unión o de un Estado miembro en particular, sino, simplemente, se estudiarán los criterios que han orientado las acciones directamente encaminadas a la cooperación particularmente con Colombia.
Un análisis tanto del material bibliográfico y documental consultado como de las respuestas recibidas de las personas entrevistadas en diversas agencias de cooperación17 pone en relieve los siguientes elementos:
- "El objetivo global de la cooperación al desarrollo de la UE es la erradicación de la pobreza y la promoción del desarrollo económico y social sostenible, incluyendo la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM). En la región de América Latina la UE presta una particular atención a la cohesión social y la integración regional, así como a la mejora de la buena gobernanza y el refuerzo de las instituciones públicas, el desarrollo de un espacio común de educación superior UE-AL y el fomento del desarrollo sostenible" (Unión Europea, 2010, p. 10). Desde una perspectiva ética, este planteamiento combina elementos teleológicos (desarrollo como fin), con guías deontológicas (cohesión social) y utilitaristas (mejor gobernanza), Este planteamiento coincide con la lógica de enunciados como los de Amartya Sen.
- La UE tiene una larga tradición en materia de DDHH: las cláusulas de la Carta de las Naciones Unidas figuran en el preámbulo del Tratado Constitutivo de la Comunidad Económica Europea (1957), y son refrendadas en el preámbulo del Acta Única Europea (1986) que estableció la responsabilidad de Europa en la protección y desarrollo de los principios de democracia y respeto del derecho internacional de los derechos humanos. Desde entonces y de manera incremental, como lo señalan Gutiérrez y Bordier (2011, p.241), la UE se ha propuesto promover y proteger los derechos y libertades reconocidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados internacionales.
- Los tres pilares de la acción exterior de la Unión Europea con América Latina son el diálogo político, la cooperación al desarrollo y las relaciones comerciales (Tassara, 2012 b, p. 34).
- A lo largo de las cumbres de América Latina y el Caribe con la Unión Europea se observa que los valores fundamentales incorporados en la cooperación, aunque de manera no necesariamente sistemática ni plenamente coherente de una cumbre a la otra, son la democracia y el estado de derecho; el respeto, la promoción y protección de los derechos humanos; la erradicación de la pobreza; el desarrollo social y económico y el respeto al derecho internacional, valores que harían posible garantizar la paz, la seguridad y el crecimiento económico (Tassara 2012 b., Weisstaub, 2006, p. 280 y siguientes).
- El análisis de los distintos enunciados revela, en primera instancia, que una lógica de carácter filantrópico ha tendido a prevalecer en las acciones de la cooperación europea y de sus países miembros durante las dos últimas décadas. No obstante, ella se superpone en ocasiones a enunciados como aquel según el cual la cooperación debe "añadir valor" a la acción de los Estados o de las comu-nidades18, enunciados que se acercan más a la lógica de generación de valor público o valor compartido y al giro perceptible de las acciones de la cooperación hacia el fortalecimiento de la actividad económica.
- La vigencia de los enunciados anteriores no impide que, en palabras de uno de los entrevistados, las transformaciones que han venido dándose en el mundo, incluyendo el cambio en el peso político de los países occidentales, incidan en las lógicas de la cooperación internacional. Es el caso, por ejemplo, de la creciente apertura a formas tripartitas de cooperación en las que países latinoamericanos —uno de ellos Colombia19— cuyos niveles de desarrollo les permiten ser no solo receptores de ayuda sino emisores de ella, se asocian con Estados europeos para apoyar procesos de desarrollo en países cuyas condiciones son más difíciles. Estas formas de cooperación tendrían dos tipos de ventajas, entre otras: por una parte no solo facilitarían el intercambio de experiencias entre los involucrados, sino la posibilidad de inyectar a las acciones de la cooperación una mayor dosis de realismo al ser los nuevos cooperantes mejores conocedores de las realidades que ellos mismos viven o han vivido en épocas muy recientes. Por otra parte, desde la perspectiva de la responsabilidad social, esta forma de cooperación no solo pondría expresamente en un plano de igualdad a los países involucrados en ella sino que generaría en ellos un valor compartido en el sentido de Porter.
- La concepción explícita que dio origen a las agencias europeas de cooperación y los enunciados que orientan sus acciones, se ajustan a los planteamientos centrales de la teoría del desarrollo humano, algunos de cuyos principales representantes fueron citados en el numeral 1 de este artículo. Muestra de esa orientación es el énfasis en la "cohesión social", reiterado por la cooperación europea desde la Cumbre de Guadalajara (2004)20. Sin embargo, tales concepciones y enunciados resultan con frecuencia opuestos tanto a la lógica de la globalización contemporánea —que ha tendido a agudizar muchos de los problemas para cuya solución justamente se ha pedido el apoyo de la cooperación— como a las políticas de los países cooperantes y de los receptores de la ayuda, ya que tanto los unos como los otros tienden a adoptar estrategias más cercanas a los postulados neoliberales del llamado Consenso de Washington (Williamson, 1989) —hoy revitalizados en Europa como consecuencia de la crisis reciente de varias de sus economías— que a las líneas de política que se deprenden de la mencionada teoría. Aunque esta dicotomía aparentemente no ha frenado ni distorsionado sensiblemente las acciones de la cooperación, sí permite plantear como hipótesis bastante probable que ella tiende a convertirlas más en un correctivo de las consecuencias negativas de la implantación de la lógica neoliberal, que en un elemento plenamente integrado a la dinámica de las políticas de los distintos Estados21. H. Los documentos consultados no hacen referencia a la responsabilidad social como característica de los programas de la cooperación europea, lo que no se opone a que, de hecho, en el enunciado de sus propósitos y prácticas estén implícitos todos los elementos que hacen parte de una acción socialmente responsable. No obstante, el concepto como tal tiende a ser visto solo en función de la empresa privada, a la que se reconoce que su primera función es generar beneficios (Comisión Europea, 2001, p. 5) pero a la que se pide integrar de manera voluntaria "[...] preocupaciones sociales y ambientales a sus actividades comerciales y a sus relaciones con sus grupos de interés." (Comisión Europea, 2002, pp. 4 y 7), lo que supuestamente contribuirá a hacerlas más competitivas y sostenibles (p. 13). I. En repetidas ocasiones se repite en los documentos de la Unión Europea que un comportamiento socialmente responsable va más allá del marco jurídico que regula las actividades de los distintos agentes: evidentemente, cumplir la ley es ser socialmente responsable pero este cumplimiento, condición indispensable de la convivencia, es un mínimo más allá del cual comienza a mostrarse la voluntad de contribuir efectivamente a ese ser y estar mejor de los miembros de una sociedad; por ello, la valoración de la responsabilidad social se inicia donde termina la exigibilidad legal de un determinado comportamiento.
Planteamientos que guían la acción de la cooperación europea en Colombia
La documentación revisada pone de presente una clara coincidencia entre las grandes directrices de la cooperación europea y de sus Estados miembros y las guías de su acción en Colombia, lo que es perfectamente comprensible tratándose en uno y otro caso de textos oficiales. La ayuda bilateral para el período 2007-2013 se centra en las siguientes áreas (UE, 2010):
- Paz y estabilidad, incluido el desarrollo alternativo.
- Estado de Derecho, justicia y derechos humanos.
- Competitividad y comercio.
Es claro que en el caso colombiano, las condiciones de orden público relacionadas principalmente con el conflicto armado irregular y la importante presencia del narcotráfico, incidieron en el énfasis dado por las agencias de cooperación de la Unión y de los países miembros a los programas dirigidos a la búsqueda de la paz. Es el caso de los llamados Laboratorios de Paz que fueron apoyados entre 2002 y septiembre de 201222 y de los más recientes "Nuevos Territorios de Paz". Es claro también que la preocupación por las consecuencias del referido conflicto fue alimentada por consideraciones de tipo claramente humanitario, tales como la "solidaridad con los afectados y el alivio a sus sufrimientos", en palabra de uno de los entrevistados.
El programa de "Laboratorios de Paz" fue el más importante de la cooperación bilateral de la Unión Europea con Colombia durante la última década. Su propósito era apoyar los movimientos de participación ciudadana a favor de la paz en seis regiones del país, mediante la generación de condiciones para el diálogo y la convivencia y la consolidación de mecanismos pacíficos de resistencia y protección de la población civil frente al conflicto armado. A juicio de Castañeda (2009), esta prioridad no solo responde a la verdadera razón de ser de la cooperación europea, la prevención de conflictos (citando a Smith, p. 172), sino a la formación de su identidad como cooperante con propuestas de construcción de la paz muy diferentes a las de los Estados Unidos (p.177)23.
Ahora bien, a partir de las entrevistas realizadas, en las que los planteamientos de los responsables se ajustan, sin lugar a dudas, a las orientaciones generales de la cooperación, es posible detectar tanto un giro en las prioridades de esta en su acción dirigida a Colombia, como algunos matices que aunque presentes por lo general en los documentos oficiales, resaltan con frecuencia más claramente en las exposiciones de los entrevistados.
Entre los puntos que cabe destacar están los siguientes:
- Pese al fuerte contenido filantrópico de algunos de los enunciados que sustentan las acciones de la cooperación, el concepto de responsabilidad social tiende a separarse de los de filantropía pura y simple (hacer el bien porque es bueno) y altruismo (ayudar a los demás porque lo necesitan). En algunos de los documentos consultados y principalmente en las entrevistas realizadas se resalta que la responsabilidad social es un concepto frecuentemente asociado con el de justicia y que, a juicio de las agencias, debe permear el conjunto de la acción de cualquier organización.
- Lo anterior no impide que el concepto tienda con frecuencia a coexistir con los enunciados de Porter (2002) que aunque propuestos como orientación estratégica para generar ventajas competitivas en la empresa capitalista mediante la práctica de la filantropía24, pueden ser extrapolados y, de hecho lo están siendo, a las acciones de los Estados bajo el entendimiento de que el apoyo de un Estado a programas de interés de otro o de sus habitantes puede fortalecer la posición política o económica del primero25. En esta lógica, contribuir al mejoramiento de las condiciones de los beneficiarios de los programas de cooperación en Colombia es de interés tanto para este país como para los Estados cooperantes.
- En algunos casos esta idea de "filantropía interesada", coincidente con la visión más divulgada de la responsabilidad social, da paso al concepto más elaborado de "valor compartido". Se trata de que las inversiones de las agencias cooperantes agreguen valor en términos sociales o financieros, tanto para sus beneficiarios, como para el Estado cooperante, en el caso de este, menos en términos de prestigio, de imagen o de ventas "atadas" a la ayuda como se hacía en las primeras etapas de la cooperación, que de oportunidades futuras de comercio y tratados bilaterales de interés. Cabe agregar igualmente que en casos como el de la cooperación holandesa, se hace explícito el concepto reciente de sostenibilidad en su sentido amplio: económico, ambiental y social, que no contradice las posiciones formuladas anteriormente pero que muestra una visión ecléctica de la responsabilidad social en el conjunto de las agencias europeas de cooperación.
- La adopción de nuevos contenidos en el concepto de responsabilidad social, a la que se refiere el numeral anterior, concuerda plenamente con la apreciación de que tanto en la Unión Europea como en la mayor parte de las agencias de los países miembros, el énfasis de la cooperación parece estar desplazándose de la búsqueda de soluciones al conflicto armado irregular o la lucha genérica contra la pobreza — propósitos que sin embargo tienden a mantener su vigencia particularmente en las prioridades de agencias de cooperación como la sueca— y a encaminarse más a promover la dinámica positiva exhibida por la economía colombiana durante los últimos años, que la ha llevado a ser la tercera más grande del continente, después de las del Brasil y México26 y que por tal razón constituye un nuevo ámbito propicio para la realización de negocios en beneficio mutuo, algunos de ellos con posible proyección global. Una coyuntura específica, la preparación de Colombia para un eventual Tratado de Libre Comercio con la Unión Europea, tiende a impulsar este giro, en el que se hace aún más palpable la idea de priorizar los proyectos que generan utilidad tanto para el cooperante como para el Estado receptor de la cooperación27.
- En varios casos puede vislumbrarse la percepción de que el conflicto armado irregular está dejando de ser la principal traba para el crecimiento económico colombiano, en tanto que las estructuras de desigualdad extrema que caracterizan su sociedad y la distribución de los recursos económicos van convirtiéndose en un obstáculo cada vez mayor para la sostenibilidad de ese crecimiento28. No es extraño que, por ello, hayan cobrado importancia proyectos orientados a superar la pobreza extrema o a formar "capital humano", que buscan, bajo distintas modalidades, reducir estas disparidades. Esto, por lo demás, se ajusta a la introducción de la cohesión social entre las preocupaciones prioritarias de la cooperación euro-latinoamericana en la Cumbre de Guadalajara de 200429.
- Prevalece la consideración de que el tema de la responsabilidad social es sobre todo relevante para los empresarios privados que actúan dentro de la lógica de la ganancia conforme al modelo capitalista. Ahora bien, en algunas agencias es claro el propósito de que las acciones que realicen en Colombia los empresarios originarios de los países cooperantes, se ajusten a prácticas socialmente responsables conforme a las orientaciones de estos, particularmente en temas tales como la garantía de los derechos humanos —proscripción del trabajo infantil, discriminación por género o razones étnicas, por ejemplo—, el respeto a las prácticas culturales de las poblaciones beneficiarias, la sostenibilidad ambiental y el cumplimiento de todas las obligaciones laborales —caso este en que responsabilidad social tiende con frecuencia a asociarse con cumplimiento de las normas legales. En otros casos, esta preocupación no hace parte de los lineamientos de la respectiva cooperación u ocupa un lugar secundario dentro de estos. De todas maneras, se coincide en aceptar tres características del ejercicio de la responsabilidad social por parte de las empresas privadas:
- Que ese ejercicio no se opone al propósito principal de la empresa capitalista, o sea, generar ganancia para sus accionistas.
- Que va más allá de la ley y que esta debe ser estrictamente respetada por las empresas.
- Que es voluntario aunque las agencias cooperantes lo promuevan.
- Entre las propuestas más recientes para precisar el ámbito de la responsabilidad social, es interesante la de "acción sin daño" en la que comienzan a estar comprometidas varias agencias europeas de cooperación30, organismos multilaterales como el PNUD y entidades nacionales como la Universidad Nacional y Synergia, cuyo objetivo final es que los distintos agentes sociales, incluyendo la cooperación internacional, impulsen una acción que además de no producir daño, aporte a la generación de condiciones para una paz duradera en Colombia (Universidad Nacional y otros, 2011).
- Mientras que en las entrevistas realizadas se recibieron por lo general ideas claras sobre la responsabilidad social empresarial, raras veces se escucharon respuestas Colombia; European Union; International Cooperation; Public policies; Social Responsibility. que mostraran con nitidez lo que es, a juicio de las agencias de cooperación, la responsabilidad social inherente a su presencia en Colombia. Inclusive, en algunos casos, tales respuestas parecieron dar a entender que para los entrevistados el tema no tenía mayor relación con las agencias en sí mismas pero que era importante porque entre sus criterios de acción estaba el buscar que las acciones de los empresarios europeos en Colombia fueran socialmente responsables.
- Lo anterior no significa que las agencias de la cooperación desconocieran que en sus intervenciones debían ajustarse a ciertos principios de conducta que implicaban el reconocimiento del otro —en este caso del Estado, los organismos y las comunidades receptoras— y, por ende, una responsabilidad, sino que este entendimiento y la aceptación de sus consecuencias no se asociaban directamente a la idea de responsabilidad social. En esta misma línea, aunque pocas veces se hicieron referencias explícitas al tema del valor compartido, ello probablemente no se debe a la ausencia de esta noción en los propósitos de la cooperación, sino a que ella solo recientemente ha sido incorporada al lenguaje de los especialistas en responsabilidad social. En otros términos, aunque en ocasiones los documentos y las intervenciones de los cooperantes sobre el tema de la responsabilidad social no utilicen los términos más recientemente acuñados por los expertos, ello no implica que se desconozca la mayor parte de los elementos que hoy se estiman claves en el concepto y en su aplicación.
Algunas consideraciones sobre la práctica de la responsabilidad social en los programas y proyectos de la cooperación europea en Colombia
- De acuerdo con lo manifestado por la gran mayoría de los entrevistados, los programas de la cooperación han dejado de ser dictados desde los centros de decisión de la Unión Europea o de sus miembros. Esto implica no solo un respeto a la identidad de los Estados, sino la posibilidad de fortalecer la capacidad nacional de iniciativa, formulación y gestión de las acciones respectivas y, en este sentido, de generar un valor perdurable en la administración pública, proyectado a veces a las comunidades locales y, ocasionalmente, al sector privado. Este último tiende cada vez más a ser asociado como actor del desarrollo, dentro de la lógica ya mencionada de promover y consolidar la actividad económica. Esta tendencia no ha sido ajena a cuestionamientos, ya que, según lo manifestado por uno de los entrevistados, genera el riesgo de abrir la puerta a una progresiva subordinación de las acciones de la cooperación a intereses privados de naturaleza claramente utilitarista31.
- La selección de los proyectos financiables aplica cuatro grupos de criterios:
- Respeto a los derechos humanos.
- Armonía con las políticas públicas.
- Calidad de los procesos y de los resultados esperados.
- Cumplimiento de criterios transversales con respecto a cuestiones tales como género, gobernanza, medio ambiente y minorías, entre otros.
- Aunque la ejecución de los proyectos financiados por la Unión Europea o los países miembros ha tendido progresivamente a adecuarse a las realidades de las regiones en las que se llevan a cabo, la rigidez de algunas de las normas establecidas en Europa, desconociendo las realidades locales de los países latinoamericanos, genera en ocasiones trabas que dificultan enormemente esta ejecución.
- La mayoría de los entrevistados en las agencias de cooperación pusieron de manifiesto su interés en asegurar que las empresas privadas que participen en sus programas se ajusten de manera estricta a los principios de la responsabilidad social enunciados en el Pacto Global y en las directrices de la Unión Europea y citaron al efecto diversos ejemplos. Es así como el interés de la cooperación española se traduce en la creación de un premio para las empresas que satisfagan de mejor manera los estándares contemplados en el referido Pacto, mientras que la Cooperación Europea y la Agencia Alemana de Cooperación han establecido otro premio, "Emprende la paz", dirigido a reconocer las contribuciones de la empresa privada en el avance hacia la paz. La cooperación holandesa, por su parte, busca que las empresas de su país que operan en Colombia presenten informes anuales de sostenibilidad y responsabilidad social, basados en los lineamientos del GRI (Global Reporting Initiative) propuestos por el ya mencionado Pacto Global. Se menciona por último, que dentro de la misma lógica de promover un comportamiento socialmente responsable y bajo el auspicio de la Agencia Suiza de Cooperación (COSUDE), 17 empresas de su país suscribieron el 14 de febrero de 2012, en presencia del vicepresidente de Colombia, una "promesa de valor" rumbo a un compromiso ético, según el cual "las empresas suizas en Colombia están comprometidas con la integración de los Derechos Humanos y el Derecho internacional Humanitario en su gestión, teniendo como referente la experiencia de Guías Colombia"32.
- Un vacío generalizado en las acciones de la cooperación es la evaluación de impacto de los programas y proyectos. Con algunas pocas excepciones, esta evaluación, que busca mirar las transformaciones generadas más allá de los productos entregados y de los informes de ejecución física y financiera, solo en los últimos años ha venido incorporándose poco a poco en la cultura de la cooperación y de las entidades receptoras de esta. A este respecto cabe subrayar que no es socialmente responsable replicar programas sin tener un conocimiento relativamente claro del impacto que han tenido aquellos similares que los antecedieron.
- En varios casos se observó una tendencia a orientar la cooperación más hacia asuntos de interés global que de interés nacional o, inclusive, binacional. De esta manera, comienzan a aparecer en los programas temas como seguridad alimentaria, gestión del agua, cambio climático, lucha contra el sida, gestión de residuos y energías renovables, además de aquellos relacionados con los Objetivos de Desarrollo del Milenio. Esta tendencia, apenas naciente, corresponde a la noción de "bienes públicos mundiales", esenciales para la continuidad de la vida humana, por lo que es responsabilidad de todos el resguardarlos y protegerlos para beneficio propio y de las generaciones futuras (Ambrosio, 2011).
A manera de conclusión
Volviendo al punto de partida de este trabajo, cabe afirmar que las acciones de la cooperación europea y de las agencias de cooperación de algunos de los países que la integran y que operan en Colombia, están impregnadas de un profundo sentido ético que combina elementos teleológicos o de fines a largo plazo, valores y principios que deben guiar el camino hacia esos fines e instrumentos dirigidos a movilizar el interés de los involucrados y a hacer más efectivas sus acciones. Este sentido ético se traduce en acciones socialmente responsables que aunque en ocasiones tienen un sentido casi exclusivamente humanitario, por lo general buscan generar un beneficio en doble sentido: tanto para Colombia como para el cooperante. Pese a lo anterior, no es claro que para tales agencias la noción de responsabilidad social se extienda más allá del ámbito de la empresa privada y por ello no se obtuvieron respuestas claras y precisas sobre la manera como lo conciben y lo aplican en su acción cotidiana.
Es indudable, en todo caso, que tanto las entrevistas realizadas en algunas agencias de cooperación, como la bibliografía y la documentación consultadas ponen de manifiesto un claro compromiso de tales agencias con diversos aspectos del desarrollo colombiano, compromiso en que muchas veces se involucra una expectativa respetable de algún tipo de beneficio, hasta ahora pocas veces monetario y generalmente de mediano o largo plazo, para el organismo de cooperación (Unión Europea o Estado).
Aunque no está dentro de los propósitos de este artículo emitir juicios sobre la eficacia de las acciones de la cooperación europea o recomendaciones sobre estas, resulta oportuno plantear cuatro aspectos, entre otros, a los que una cooperación socialmente responsable debe brindar especial atención, particularmente en el caso de Colombia:
- La creciente autonomía que está llamada a acordar a las comunidades receptoras, como aporte a su proceso de maduración. Esta autonomía no implica ausencia de seguimiento sino fortalecimiento de su responsabilidad.
- La evaluación del impacto de sus proyectos, sin la cual son demasiado frágiles las bases para tomar decisiones sobre nuevas acciones.
- La manera como debe darse la transición progresiva desde el énfasis en programas de carácter esencialmente humanitario y de desarrollo social, hasta la priorización de programas orientados a promover el desarrollo económico. Un giro insuficientemente pensado e instrumentado puede poner en primer plano una ética utilitarista que, aunque presente, debe estar subordinada en las acciones de la cooperación, a propósitos de largo plazo y a claros principios y valores.
- La oportunidad de ir ampliando las áreas de cooperación, probablemente en asociación con Colombia, hacia la preservación y promoción de los "bienes públicos mundiales" cada vez más amenazados por la dinámica de la glo-balización contemporánea. Esto no implica en absoluto un abandono de los ámbitos de la cooperación bilateral o multilateral pero sí un replanteamiento del peso relativo de estos en función del ejercicio de una responsabilidad social global.
Tal como se puso de presente en este artículo, el comportamiento socialmente responsable que puede apreciarse en las acciones de la cooperación europea no necesariamente caracteriza sus políticas y las de algunos de sus miembros. De esto se desprende la conveniencia de un llamado para que tales políticas, lejos de contrarrestar los esfuerzos que realizan sus agencias de cooperación, los potencien en beneficio de todos los destinatarios de tales esfuerzos.
Notas
*Se agradece a las agencias de cooperación que proporcionaron información sobre los propósitos, naturaleza y funcionamiento de sus programas, para la redacción de este artículo y en particular a las siguientes personas: Delegación de la Unión Europea en Colombia, Ivo Hoefkens, Primer Consejero- Jefe de Cooperación; Diana Samper García del Diestro, Asuntos Políticos y Comerciales y Silvia María Falla Robles, Oficial de política y prensa; Agencia Alemana de Cooperación, GIZ, Peter Luhmann, Director Residente; Cooperación Española en Colombia, Miguel González Gullón, Coordinador General; Embajada del Reino de los Países Bajos, Harman Idema, Consejero/Jefe de Cooperación al Desarrollo y Asuntos Económicos; Embajada de Suecia en Colombia, Catalina Hoyos, Oficial de programa del Área de Cooperación; Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación COSUDE en Colombia, Walter Reitebuch, Primer Secretario, Director Residente Suplente y Diana Rojas, Oficial Nacional de Programa.
**Con la colaboración de Sebastián Henao, Magíster en Desarrollo.
1Aunque algunos consideran impropia la expresión "Occidente" u "Occidental" para referirse a los pueblos marcados de manera dominante por la civilización europea; aquí se utiliza ocasionalmente para distinguirlos de aquellos en los que prevaleció la influencia de otras culturas particularmente de origen asiático o africano.
2Es así como en el libro primero de "La Política" Aristóteles afirma que "(...) el hombre es un ser naturalmente sociable, y que el que vive fuera de la sociedad por organización y no por efecto del azar es, ciertamente, o un ser degradado, o un ser superior a la especie humana (...)" (2007). Automáticamente esto implica que cada ser humano tiene determinados compromisos con los demás que hacen parte de la sociedad en que habita. La Biblia, por su parte, tanto en el Antiguo como en el Nuevo Testamento, hace énfasis en nuestro comportamiento, cuyo enunciado paradigmático es la frase "Amarás a tu prójimo como a ti mismo".
3Esta idea se consigna especialmente en su obra The Gospel of wealth (Carnegie: 2006, pp. 323-336).
4Al respecto cabe consultar la síntesis contenida en Henao (2012, pp. 2-17).
5Entre tales autores cabe citar a Locke, Montesquieu y Rousseau. El primero de ellos afirma con absoluta claridad los fundamentos de ese pacto social: "(...) al entrar en sociedad (...) el propósito de todos los que la componen es solo salvaguardarse mejor en sus personas, libertades y propiedades (...)" (Locke, 1960, p. 145).
6La distinción que acaba de hacerse entre crecimiento y desarrollo ha estado en el centro de las discusiones sobre los procesos contemporáneos de transformación de las sociedades. Simplificando, ella enfrenta dos posiciones divergentes: la de quienes consideran que el crecimiento económico es al mismo tiempo el motor y la expresión fundamental del mejoramiento humano y la de quienes estiman que más allá de este crecimiento el desarrollo implica un proceso de perfeccionamiento de los múltiples atributos individuales y sociales del ser humano.
7Una excelente exposición de las posiciones y argumentos en juego se halla en Riddell (1997), especialmente en los capítulos 2 a 7.
8Citado por Riddell (1997, p. 46).
9Traducción del autor de este artículo.
10Cita tomada de Riddell (1997, p. 6).
11Recuérdese que los Estados que prevalecen hoy en día –en su mayor parte adscritos a la noción de Estado democrático representativo y liberal– son apenas una entre las muchas formas posibles de organización política.
12Martha Nussbaum apoya esta idea al indicar, entre otras cosas, que "Los problemas económicos, ambientales, religiosos y políticos que debemos resolver tienen alcance mundial. No cabe esperanza alguna de resolverlos si las personas que se encuentran distantes no se unen para cooperar (...) ninguno de nosotros queda fuera de esa interdependencia. La economía global nos vincula a todos con otras personas que viven a gran distancia" (2011, p.116).
13Una buena explicación del concepto de sostenibilidad es dado por SIDA, la agencia sueca para la cooperación internacional. Según ella, la supervivencia de las empresas y del desarrollo económico, así como la reducción de la pobreza en el largo plazo –elementos que se integran en el concepto de sostenibilidad– dependen de la existencia de sociedades que funcionen bien, en las que prevalezcan un uso sostenible de los recursos naturales y un buen liderazgo sin corrupción. Una acción tendiente a la sostenibilidad es aquella que busque hacer realidad esas condiciones en lo social, lo ecológico y lo económico. En su opinión, a este propósito se está asociando un número creciente de compañías. (Agencia Sueca, 2012, p. 6).
14Carácter este que les es reconocido desde el derecho romano; ver por ejemplo Suárez (2011, pp. 65-80)
15Que los autores en cuestión denominan "éticas", calificativo poco apropiado porque todas las categorías enunciadas tienen un carácter "ético".
16Tal como lo señala Tassara (2012b, p. 5), la Política Agraria Común (PAC) ha sido siempre una fuente de tensión entre la Unión y los países en desarrollo, en muchos de los cuales la producción de alimentos tiene una alta participación en el PIB y el comercio exterior. Según el Banco Mundial (2007), con datos de 2003, el monto de los subsidios de la UE a sus agricultores representaba el 34% del total de su producción agrícola, monto este muy superior al valor de sus programas de ayuda al desarrollo.
17La lista de personas entrevistadas se presenta en la primera página de este artículo.
18Planteamiento este, por ejemplo, que se estudia actualmente en la discusión de la nueva estrategia de Cooperación de la Unión Europea para Colombia.
19Tassara (2013a) expone la manera como Colombia, en su calidad de país emergente, ha venido tratando de compaginar su demanda hacia las fuentes tradicionales de cooperación, con una oferta creciente hacia otros países "en desarrollo".
20La cohesión social fue entendida como una situación en que "(...) existen oportunidades reales para cada persona, incluyendo los más desaventajados, para acceder a los derechos básicos y al empleo, beneficiarse del crecimiento económico y de esa manera participar plenamente en la sociedad" (CE y BID, 2006 citado por Tassara & Grando, 2013b, p. 2).
21Según la UNCTAD (United Nations Conference on Trade and Development), citada por Rey y Galìndez (2010), la inversión directa exterior en países del sur en el año 2008 era de más de 4.000.000 millones de dólares, lo que representa más de veinte veces la Ayuda Oficial al Desarrollo. Esta constatación va en apoyo de la hipótesis que acaba de proponerse.
22http://www.accionsocial.gov.co/snci/contenido/contenido.aspx?catID=127&conID=1322, información actualizada a 4 de octubre.
23Recuérdese como antecedente fundamental que contribuye a fijar esta identidad, la exitosa estrategia desplegada por la Unión Europea con el fin de apoyar el proceso de paz en Centroamérica hacia mediados de los años ochenta (Ver por ejemplo Tassara, 2012 b, p.9). Cabe advertir que los "Laboratorios de Paz" están en fase de cierre y liquidación http://www.dps.gov.co/contenido/contenido.aspx?catID=424&conID=1217&pagID=11697, octubre 9,2012.
24Enunciados que por lo demás este autor ha modificado considerablemente en sus trabajos de los tres últimos años (Ver, por ejemplo, Porter, 2011).
25Planteamiento de la "real politik" señalado, entre muchos otros, por Castañeda (2009).
26El Ministro de Hacienda de Colombia señaló que, de acuerdo con las tasas de cambio de comienzos de septiembre de 2012, el PIB de Colombia proyectado para este año alcanza US$362.000 millones, mientras que el de Argentina es de US$347.000 millones. http://www.portafolio.co/economia/el-dia-que-colombia-supero-argentina-0.
27Este giro podría poner en tela de juicio el planteamiento de Castañeda según el cual el tema de la paz y los derechos humanos fue justamente el nicho que finalmente dio forma definitiva a la naturaleza y a las acciones de la cooperación europea.
28Recuérdese que a la luz del coeficiente Gini, los niveles de concentración del ingreso y la riqueza en Colombia se cuentan entre los más altos no solo de América Latina sino de todo el mundo (alrededor de 0,57 para el ingreso según diversos informes y de 0.85.para la propiedad de la tierra agraria, por ejemplo, conforme a cálculos de Rodríguez, 2010).
29Puntos 39 a 50 de la Declaración de Guadalajara, Cumbre de América Latina, el Caribe y la Unión Europea-2004, en http://www.integracionsur.com/americalatina/CumbreALatinaEuropaDclGuadalajara.htm
30Como la Agencia alemana GIZ y la Suiza, COSUDE.
31Independientemente de esta consideración, el hecho es que como lo señala Tassara (2012a, p. 58), las empresas juegan un papel cada vez más protagónico como donantes y como receptoras de la ayuda, en el primer caso justamente como consecuencia práctica de su compromiso "socialmente responsable".
32Boletín de prensa de la Embajada Suiza. De acuerdo con el mismo boletín, las Guías Colombia son un código de conducta focalizado en los Derechos Humanos que está siendo elaborado entre representantes del gobierno, la sociedad civil y empresas nacionales e internacionales.
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