Origen y destino de los libros confiscados a la comunidad jesuita de Celaya tras la expulsión de la Compañía de Jesús de Nueva España en 1767

Origin and destination of the books confiscated from the Jesuit community of Celaya, after the expulsion of the Society of Jesus of New Spain in 1767

Mtro. Daniel Rivera Rodríguez

dariverar@ipn.mx

Escuela Nacional de Biblioteconomia y Archivonomía (ENBA-IPN) https://orcid.org/0000-0003-4257-075X


Resumen

Este artículo analiza el inventario de libros que pertenecieron a la comunidad jesuita de Celaya. Dicha lista se elaboró durante el acto jurídico-administrativo realizado por la Junta Superior de Aplicaciones de Temporalidades, tras la expatriación en 1767 de la Compañía de Jesús de Nueva España. El estudio de esta fuente documental, junto con las marcas de propiedad, nos permite conocer la biblioteca del centro ignaciano de Celaya y, al mismo tiempo, demostrar que el secuestro de bienes se trató de un proceso político, en el que los libros, por su contenido y tradición entre los jesuitas, era necesario contenerlos mediante una administración especializada, hasta su reasignación a otras instituciones virreinales, como el Seminario Tridentino de Valladolid en el obispado de Michoacán.

Palabras clave: inventario de libros, biblioteca, Compañía de Jesús, Junta de Temporalidades, Celaya.


Abstract

This article analyzes the inventory of books that belonged to the Jesuit community of Celaya. This list was prepared during the legal-administrative act carried out by the Superior Board of Temporal Applications, after the expatriation, in 1767, of Jesuit priests established in the bishopric of Michoacán. The study of this documentary source, alongside historical testimonies of provenance, allows us to know the library of the Ignatian center of Celaya, and, at the same time, demonstrate that the seizure of assets was a political process, where the books, due to their content and tradition among Jesuits, were meant to be contained through specialized administration, until some volumes were delivered to the Tridentine Seminary of Valladolid, in the bishopric of Michoacán.

Keywords: inventory ofbooks, library, Society of Jesus, Board ofTemporary, Celaya.

Recibido: 11 de septiembre de 2023

Aprobado: 11 de junio de 2024


A finales del siglo XVII y principios del XVIII, la Compañía de Jesús fundó colegios en las ciudades de Valladolid, Pátzcuaro, Guanajuato, León, San Luis Potosí, Ouerétaro y, en 1720, los jesuitas se establecieron en Celaya (Mazín, 1987, p. 49). Dichas metrópolis formaron parte del extenso reino de Nueva Galicia y constituyeron la geografía espiritual del obispado de Michoacán en Nueva España. Así, en el interior de todos estos centros ignacianos, de acuerdo con Emilia Recéndez Guerrero, existió una biblioteca o librería (como se les llamaba en aquel tiempo), la cual estaba regularmente en los claustros superiores, a un costado de la capilla. Estas bibliotecas eran de uso colectivo, y fueron creadas en concordancia con las Constituciones de la Orden, escritas por Ignacio de Loyola, quien estableció que cada comunidad jesuita tuviera una "Biblioteca Comunis" con las obras necesarias para los estudios de léxicos, comentarios y manuales de retórica y predicación (Recéndez, 2010, p. 239).

Por ello, el colegio de Celaya, al igual que los demás centros establecidos por la Compañía de Jesús entre las poblaciones hispanoamericanas (mezcla de peninsulares, indios y negros; resultado de las relaciones socioculturales de estas calidades y las castas resultantes de tal relación interétnica) o en misiones indígenas de Nueva España, contaron con bibliotecas académicas, destinadas al uso de los maestros de escuela, estudiantes y demás miembros de la orden, para su instrucción en filosofía y teología, así como en las materias de derecho civil y canónico, historia, retórica, gramática, poesía y artes y oficios. Además de estos temas, contaban con libros religiosos, destinados específicamente para el auxilio de sus funciones sacramentales (Lértora Mendoza, 2013, p. 259).

Sin embargo, en el marco del reformismo borbónico, el rey Carlos III, quien gobernó el Imperio español de 1759 a 1788, decidió "retomar los atributos del poder que habían delegado los Austria en grupos y corporaciones, para asumir la dirección política, administrativa y económica" en todas las colonias americanas de la Monarquía española (Florescano y Menegus, 2009, pp. 366-388).

En este contexto, la Compañía de Jesús, debido a su condición de orden religiosa y gracias a su preponderancia en la enseñanza de los niños y jóvenes habitantes de Nueva España, gozó de poder político, económico y de un sólido prestigio entre todas las corporaciones y estamentos de la sociedad novohispana. Además, fue considerada uno de los bastiones más prominentes y fuertes de la Iglesia católica, en tanto contó entre sus filas con confesores y consejeros reales, excelentes teólogos, funcionarios inquisitoriales e incansables misioneros para la labor evangelizadora en América, entre otros aspectos.

Estos atributos en los sacerdotes jesuitas condujeron a todos los miembros de la Compañía de Jesús a enfrentar, a lo largo del siglo XVIII, diversos antagonismos y animadversiones con tintes personales, corporativos, teológicos y políticos en el interior tanto de la Iglesia católica como de la monarquía española y, por ende, los hijos de Loyola fueron uno de los blancos más prominentes de las reformas emprendidas por el rey Carlos III (1759-1788) (García Ayluardo, 2010, p. 226).

Estos enfrentamientos derivaron en el arresto de todos los miembros de la Compañía de Jesús, el 25 de junio de 1767, en cada uno de los sitios y lugares de los reinos americanos de la monarquía española. De modo que, de acuerdo con el Real Decreto de Ocupación y Extrañamiento, expedido por Carlos III en el palacio del Pardo el 27 de febrero del mismo año, se autorizó la expulsión de los sacerdotes jesuitas de la Nueva España.1 Asimismo, por medio de la posterior cédula real, fechada el 7 de abril del mismo año, fue creado ex profeso el Tribunal de Temporalidades y sus juntas administrativas, las cuales tuvieron por función "incautar, inventariar, tasar, subastar o bien traspasar a otras instituciones, todas las propiedades de la orden y bienes personales" de los sacerdotes jesuitas. De la ocupación de los edificios y posesiones de la Compañía de Jesús deberían obtenerse cualquier cantidad de beneficios, por lo que cada uno de ellos fue intervenido y destinado a proyectos concretos, que iban desde la venta -un remate de 40 días que fue imposible concretar- hasta la subasta, el desmembramiento de las propiedades raíces, la incautación de las obras de arte, la redistribución de los objetos sagrados y, por supuesto, la reasignación de sus bibliotecas (Hernández, 2019, p. IX).

Además, en las instrucciones quedaron asentadas las pautas cómo debían levantarse los inventarios, los cuales no siempre fueron realizados conforme a lo ordenado. En consecuencia, los oficiales reales registraron todo lo hallado en los centros jesuitas novohispanos, donde se conservaban valiosas colecciones de impresos y manuscritos que abarcaban una amplia gama de información. Desde obras de autores clásicos como Aristóteles y Cicerón hasta las principales autoridades de la Iglesia como san Agustín y Santo Tomás, e incluso las publicaciones más contemporáneas de aquel momento, como se puede apreciar en la lista de libros que poseía el centro jesuita de Celaya en el siglo XVIII.

Este artículo tiene por objeto demostrar cuáles eran los libros que constituían la biblioteca del colegio jesuita de Celaya en el momento de su expulsión de Nueva España y por qué el destino final de la biblioteca jesuita de Celaya fue el desmembramiento. Para ello, analizamos el inventario general de libros resguardado en el Archivo General de la Nación e Histórico Nacional de Chile. Dicha fuente documental fue generada a partir del acto jurídico-administrativo que realizó la Junta Superior de Aplicaciones de Temporalidades, tras la expulsión en 1767 de los sacerdotes jesuitas establecidos en el obispado de Michoacán. En efecto, los inventarios de libros, en tanto son evidencias históricas con las que contamos los estudiosos de la cultura escrita en la Nueva España, nos permite reconstruir una biblioteca privada o institucional que perteneció a determinado entorno religioso novohispano.

Además, con base en los testimonios históricos de procedencia intentaremos recrear el proceso político social de alcances universales, mediante el cual algunos volúmenes de la biblioteca del colegio jesuita de Celaya pasaron a finales del siglo XVIII al Seminario Tridentino de Valladolid en el obispado de Michoacán. Una vez expurgada la librería y ordenados los libros por Policarpo Dávila, comisionado alguacil mayor de la Junta Superior de Aplicaciones de Temporalidades en la misma ciudad.

Proponemos que el secuestro de libros derivado de la expatriación de la Compañía de Jesús de los dominios de Carlos III en 1767 se trató de un proceso político por sí mismo, en el que los libros, por su contenido y tradición entre los jesuitas, era un alter ego de la Compañía, por lo que era necesario contenerlos mediante una administración especializada, delimitada desde la Pragmática Sanción del 1° de abril. Sostenemos que las instituciones borbónicas creadas para la administración de bienes tuvieron que atravesar un periodo de experimentación y ajustes para poder enfrentar una empresa para la que no estaban capacitadas, asumiendo un papel censor de índole político y doctrinal.

Asimismo, pretendemos cruzar las listas de libros con un universo de procedencias, tales como las "anotaciones manuscritas, ex libris, ex donos, marcas de fuego y sellos", con la intención de localizar los volúmenes dispersos y, en la medida de lo posible, restablecer la biblioteca original (García, 2020, p. 37).2 En efecto, los estudios de procedencias posibilitan el cruce de información contenida en los distintos testimonios históricos de procedencia con las marcas de propiedad de los libros antiguos conservados en la actualidad en diferentes fondos reservados de bibliotecas de España y México. Esto último permite estudiar y valorar las prácticas sociales, culturales, educativas, religiosas, políticas y económicas que desarrollaron los discípulos de Ignacio de Loyola, así como su legado cultural y sus aportes al conocimiento en general desde los diferentes centros que fundó la Compañía de Jesús en el mundo novohispano.

Inventario de la librería

De acuerdo con Emilia Recéndez, el 23 de abril de 1767, previo al arresto y extrañamiento de la Compañía de Jesús, Carlos III expidió en España otra real cédula en la que ordena a los distintos comisionados efectuar, auxiliado por cada padre rector de los centros jesuitas, un inventario documental globalmente homogéneo. La real cédula disponía dividir los libros en impresos y en manuscritos, además de elaborar un segundo índice de lo encontrado en cada aposento de los ignacianos que habitaban el colegio, en seguida de habérseles leído el extrañamiento que hacía de ellos el monarca español, Carlos III. Dicho inventario debía seguir la siguiente secuencia: apellidos y nombre del autor, título, lugar y fecha de la edición. Con respecto a los manuscritos, obligaba a transcribir las dos primeras y las dos últimas líneas, así como el número de los folios de que constaban. Esto se hacía con la intención de conocer si el manuscrito estaba íntegro o no. De igual manera, en las instrucciones quedó ordenado agrupar los manuscritos en legajos (Recéndez, 2010, p. 242).

Si bien tenemos noticias de que en algunos centros los oficiales reales no siguieron estas instrucciones, ya fuese por la dificultad de la empresa o porque los comisionados de la Junta de Temporalidades no eran personas capacitadas para dicha labor. Esto fue distinto, para el caso del inventario de la librería del colegio jesuita de Celaya, porque el virrey de la Nueva España comisionó a Policarpo Dávila,3alcalde mayor de la localidad, para inventariar con mucho cuidado los libros, papeles, cartas y escrituras existentes en el colegio, para después depositarlos en un almacén de la casa cural del pueblo; inmueble que había sido el lugar de residencia y colegio de los regulares de la Compañía en Celaya. La elaboración detallada del registro de libros y manuscritos; demuestra que estos escritos implicaban una amenaza importante para el control de la dinastía borbónica.

Por ello, el mandato, enviado por instrucción real impresa a cada colegio, misión y a cada comisionado real para llevar a cabo el extrañamiento, era el siguiente:

Punto VI (de XXIX): Hecha la intimación, procederá sucesivamente, en compañía de los padres superior y procurador de la casa, a la judicial ocupación de archivo, papeles de toda especie, biblioteca común, libros y escritos de aposentos; distinguiendo los que pertenecen a cada jesuita y juntándolos en uno o más lugares y entregándole las llaves al juez de comisión.4

Es decir, según la instrucción real, la tarea inicial una vez convocados los jesuitas para escuchar el Real Decreto, y antes de confiscar los caudales y las alhajas existentes en el Colegio, era confiscar sus libros y papeles. No obstante, ¿por qué la Monarquía insistió con tanto ahínco en la clasificación de los libros para su aprovechamiento?

Los acervos que la Compañía había gestado gracias a su interés específico de formar a sus miembros en espíritu y letras, su tradición educativa, las previsiones de sus documentos constitutivos, las donaciones y herencias de sus simpatizantes y exalumnos, el programa institucional de abastecimiento constante y los recursos personales que muchos jesuitas invirtieron, fueron objeto del interés real. Pero los libros, a diferencia de otros bienes de mucho más alto valor comercial, eran un objeto curioso, deseable pero peligroso, una de las formas de la supuesta conjura que pretendían atribuirles a sus dueños, un bien que al final se haría muy problemático por su naturaleza. Las bibliotecas debieron secuestrarse y reasignarse entre órdenes religiosas, seminarios y, por supuesto, universidades. Carlos III y su Consejo Extraordinario querían devolverlos a la vida útil y ponerlos en manos de jóvenes estudiantes que los proveyeran de un destino adecuado (Hernández, 2019, p. X).

Lo anterior explica por qué el comisionado Policarpo Dávila elaboró el inventario general de libros en compañía del padre rector Ignacio Gradillas.5 Al momento de registrar los volúmenes siguieron un orden con base en las dimensiones de los tomos, además de señalar el título del mismo, generalmente de una forma incompleta. Es decir, de los 473 libros que constituyeron la biblioteca del centro jesuita de Celaya, 117 tomos eran de a folio, 52 ejemplares de a cuarto y 94 obras en octavo y doceavo, así como 21 libros manuscritos. Estos últimos fueron agrupados con base en su contenido; por ello, se registró un legajo con 128 cuadernillos sobre sermones y panegíricos, un libro de gastos de hacienda, dos sobre teología; siendo uno de ellos integrado por 40 cuadernillos, 2 de lógica, 3 de metafísica, 7 tratados de súmulas y 5 de física.

Ahora bien, ¿cuáles eran las materias que integraban la biblioteca de esta comunidad ignaciana? Para responder esta pregunta, hemos considerado la descripción física, así como el título del libro y/o nombre de los autores registrados en el inventario de la librería del colegio de Celaya (véase cuadro 1). Con estos datos hemos podido identificar en el registro del Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico de España (CCPB) y la Biblioteca General Legislativa del Congreso de la Unión de México algunos de los volúmenes registrados en el inventario general de la biblioteca aquí analizada. Por ejemplo:

Alonso de Villegas (1534-ca. 1615).

Flos sanctorum. Toledo: en casa de Juan Rodríguez..., 1582.

Descripción física: [13], 424 h.: il.; Folio. España - Toledo.

CCPB000721781-1

Juan Bautista de Lezana (O.C.)

Opera regularia et moralia quatuor tomis distributa. Lugduni: sumpt. Philippi

Borde, Laur. Arnaud, & Claud. Rigaud, 1655.

Descripción física: [12], 516, [28] p.; Folio. Francia - Lyon.

CCPB000055055-8

Alphonso de Azevedo (1518-1598)

Commentariorum iuris civilis in hispaniae regias constitutiones

Antverpiae: Ioannem Keerbergivm [1618]

Descripción física: volumen, 37 cm

R 346.946 A174c 1618

Jacques Cujas (1522-1590)

Mutinae [Módena]: excudebat Societas Typographica, 1777-1782

Descripción física: 11 v.; 41 cm

R 340.54 C966o 1777

Denis Godefroy 1549-1621 [comentarista], François Modius, 1556-1597 [comentarista], Simon van Leeuwen, 1625-1682 [comentarista]

Corpus juris civilis romani, in quo Institutiones, [...]

Descripción física: 2 v.; 39 cm, Coloniae Munatinae [Basilea, Suiza]: Fratrum de Tournes, 1781

R 340.54 C822c 1781

Bartolomé Bravo, 1554-1607

Thesaurus hispanolatinus utriusque linguae diues opum... :

Descripción física: [6], 516 p.; 20 cm Vallis-Oleti [Valladolid]: Ex Officina Bar-tholomaei Portoles, Universitatis Typographi, 1665

R 463.71 B826t 1665

Otro aspecto derivado del análisis es el establecimiento del universo temático de 148 volúmenes de los 473 libros que conformaron dicha biblioteca. Así, sabemos que predominaron los libros sobre asuntos religiosos y teológicos como catecismos, sermonarios, epístolas y homilías; seguidos por los tomos relacionados con las materias de filosofía, moral y estudios bíblicos. En menor medida esta biblioteca jesuita contó con volúmenes de derecho civil y canónico, historia, vidas espirituales y edificantes, de ópera y poesía grecolatina. Todos fueron escritos en latín, español e italiano.6 Dicho universo temático puede apreciarse con mayor claridad en la figura siguiente:

De acuerdo con la gráfica, podemos apreciar que los libros impresos asentados en el inventario eran en gran parte de temas religiosos y teológicos: filosofía, escolástica y sermones. Por lo tanto, podemos inferir que la biblioteca del colegio jesuita de Celaya no era una biblioteca abierta, sino que su acervo servía exclusivamente para la formación de los colegiales jesuitas. Como parte de esta serie de obras sobresale la sección de teología moral,7considerada la ciencia madre, encargada de ordenar y de orientar el comportamiento individual y colectivo de los hombres.

Pese a que el colegio jesuita de Celaya no fue un centro dedicado a preparar misioneros, resulta interesante analizar dos aspectos con base en los datos del inventario. El primero de ellos es el registro de libros de tipo antropológico, entre los cuales sobresale un tomo del Arte de Lengua tarasca de Basalenque y el Confesionario de Indios en mexicano y castellano de Cárdenas, respectivamente. En segundo lugar, el alto número de volúmenes con relación a los temas de predicación. Ambos datos nos hablan de la necesidad permanente por parte de los sacerdotes jesuitas de contar con información actualizada y de utilidad, no solo para atender las actividades educativas de los jóvenes estudiantes en dicho centro jesuita, sino también para desempeñar sus funciones sacramentales y, en especial, de predicación entre la población de Celaya.

Además de los libros impresos localizados en la biblioteca del colegio, el mandato real señalaba inventariar también papeles sueltos, libros de cuentas, manuscritos, cartas, sermones, etc., que los padres jesuitas pudieran haber conservado durante su estancia en determinado centro ignaciano. En tal sentido, la Junta Subalterna y Aplicaciones de la ciudad de Valladolid comisionó y encargó a los frailes franciscanos José Plancarte, guardián del convento de San Francisco y Gabriel de San José, prior del Carmen, para que auxiliaran a Policarpo Dávila, comisionado alguacil mayor, en la identificación y separación de los libros hallados en la biblioteca del colegio jesuita de Celaya. De tal modo, 77 manuscritos sobre física, lógica y teología en "cuarto, forrados en pergamino y badana, correspondiente al Tratado de Súmulas" y 3 legajos integrados por 170 "cuadernillos sueltos con anotaciones de gramática, sermones, pláticas teológicas y gastos de hacienda". Al momento de ser encontrados por los comisionados estaban "desencuadernados, sin principio ni fin y consumidos", los cuales consideraron los frailes "inservibles" y, por consiguiente, determinaron "quedaran en desecho".

Ahora bien, analizar la lista general de libros, nos permite apreciar que los oficiales nombrados por la Junta de Temporalidades de Valladolid, en algunos casos y en otras no tanto, siguieron al pie de la letra las instrucciones del rey español Carlos III para realizar el trabajo de inventariar los libros encontrados en la biblioteca del colegio jesuita de Celaya.8 En tanto omitieron títulos, nombres de autores y, en el caso de los manuscritos y papeles, no transcribieron las dos primeras y últimas líneas del documento, entre otras indicaciones.

Separación y expurgo de libros

Los volúmenes escritos por algunos sacerdotes jesuitas fueron considerados por los oficiales reales como "doctrinas laxas y peligrosas". Esto debido a que se vinculó a los padres jesuitas con el movimiento de Esquilache durante la primavera de 1766 y, por lo tanto, fueron condenadas tanto las acciones como las ideas que las acompañaron. Por tal motivo, la real cédula promulgada el 8 de mayo de 1768 establecía que era necesario separar los títulos y textos de autores pertenecientes a la llamada Escuela Jesuítica, los cuales quedaron prohibidos por el rey Carlos III para fines educativos.9

Por tanto, los libros pertenecientes al colegio de Celaya, juzgados como producto de la Escuela Jesuítica, fueron separados y expurgados por los frailes José Plancarte y Gabriel de San José, comisionados por la Junta Subalterna y Aplicaciones de la ciudad de Valladolid. Una vez realizaba la separación de los libros escritos por algunos padres jesuitas, dichos volúmenes permanecieron en poder de la Dirección General de Temporalidades, la cual quedó establecida en el colegio Máximo de San Pedro y San Pablo de la Compañía de Jesús en Ciudad de México. Allí fueron "encajonados" y "depositados en el archivo reservado" dispuesto para tal efecto. De ese modo, el 28 de septiembre de 1790, con base en el artículo 29 de la real cédula del 9 de julio de 1769, el conde de Revillagigedo, comisionado de la Junta Superior de Aplicaciones, ordenó que "los libros, papeles y manuscritos" confiscados en los centros de la Compañía de Jesús de la Nueva España fueran custodiados en dicho lugar hasta recibir comunicación sobre otra resolución.10

No obstante, el monarca español solicitó el mismo año a la Dirección General de Temporalidades un informe sobre el estado en que se hallaban los "libros, papeles y manuscritos" incautados a los "ex jesuitas" de la Nueva España. Por ello, el alcalde mayor Policarpo Dávila notificó a la Junta Superior de Aplicaciones que los libros de la comunidad jesuita de Celaya, una vez separados y expurgados, fueron puestos en el "Santuario de la Cruz", localizado en la misma ciudad. En ese lugar se acondicionó una estancia como "archivo reservado" para los volúmenes escritos por miembros de la Compañía de Jesús. Asimismo, refirió que la librería estaba "muy destrozada" y que desconocía sobre "si se habían extraído algunos libros". Hay una nota al final del documento que señala que elaboraron el inventario y que la colección de libros quedó bajo custodia, pero que no existía en el pueblo ni en toda su jurisdicción "librero o inteligencia que pueda y sepa dar el valor que tienen estos libros".11

Al parecer, la necesidad del informe respondía a la "petición" que "de los libros" realizó, el 22 de agosto de ese año, el obispo de Michoacán al conde de la Cañada, director general de Temporalidades de España e Indias. En dicha solicitud, el prelado refirió lo "útil y conveniente" que podrían resultar los volúmenes, pues "la necesidad" que había de "ellos en el colegio Seminario de Valladolid" era grande, ya que allí educaban a los futuros jóvenes eclesiásticos "de su diócesis". Por lo tanto, el 18 de septiembre de 1790, la Junta Superior de Aplicaciones determinó entregar al Seminario Tridentino de San Nicolás de Valladolid los libros no identificados como productos de la Escuela Jesuítica (véase cuadro 1).12

En efecto, el 27 de abril de 1791, el cura José de Iturriaga, en representación del prelado de Michoacán, Pedro Anselmo Sánchez de Tagle (1697-1772), recibió la lista de los libros, junto con 257 tomos en físico que no fueron censurados, en tanto no se encontró evidencia de que hayan sido escritos por ningún miembro de la Compañía de Jesús.13

De este modo, 216 tomos, junto con todos los "cuadernillos y manuscritos" (véase cuadro 2),14 fueron destinados al "archivo reservado" de la Dirección General de Temporalidades en Ciudad de México, donde se "encajonaron" para finalmente perderse en el olvido.15 En cambio, los 257 volúmenes que pertenecieron a la biblioteca de la comunidad jesuita de Celaya (véase cuadro 1), a partir de 1791 fueron reasignados por los oficiales reales de la Junta de Temporalidades e incorporados a la librería del Seminario Tridentino de San Nicolás de Valladolid, para continuar cumpliendo con su cometido de iluminar las mentes de los novicios y ministros de lo sagrado en el obispado de Michoacán.

Reflexiones finales

Durante la época colonial los colegios y seminarios al frente de la Compañía de Jesús fueron las principales sedes del conocimiento. De ahí la variedad de libros en las librerías y acervos culturales en el interior de los centros jesuitas de la Nueva España, pues en concordancia con sus Constituciones, los hijos de Ignacio de Loyola se preciaban de estar a la vanguardia en el campo pedagógico acorde con los nuevos tiempos y, por ende, la diversidad de títulos existentes en sus bibliotecas son otro elemento que dio personalidad a los ignacianos ante las sociedades novohispanas.

Como hemos visto, los inventarios de bibliotecas son registros que nos hablan entre líneas del marco cultural que los jesuitas vivían como estudiosos en la época colonial. Los libros inventariados formaron posteriormente las grandes colecciones de los seminarios diocesanos o escuelas públicas que posteriormente comenzaron a fundarse durante el siglo XIX. Así es que el número de libros encontrados en el colegio de Celaya no solo nos hablan del enfoque que los sacerdotes jesuitas del siglo XVIII les daban a sus funciones sacramentales en el obispado de Michoacán, además, nos refieren el sustrato filosófico, teológico y pedagógico del cual partía su formación para realizar trabajos educativos y misionales. Todo un marco de observación será pues analizar el tipo de lectura que los jesuitas hacían en la época colonial y, en especial, en la segunda mitad del siglo XVIII; período de grandes cambios y planteamientos en términos de la futura modernidad.

Por ello, centrar la mirada en los inventarios de libros y demás documentación hallada en los Archivos General de la Nación e Histórico Nacional de Chile nos ha permitido conocer, por un lado, el número total de volúmenes que integraron la biblioteca comunitaria de los jesuitas del colegio de Celaya. Estos libros fueron la fuente de conocimiento para desempeñar las funciones sacramentales vinculadas a las actividades cotidianas de esta comunidad ignaciana hasta el momento de la expulsión de los miembros de la Compañía de Jesús de Nueva España. Por otro lado, el análisis del inventario nos acerca al universo de autores, títulos y formatos al que tuvieron acceso tanto los maestros de escuela como los estudiantes de la comunidad jesuita de Celaya.

Asimismo, gracias a la documentación, generada por el comisionado alguacil mayor y el prelado de Michoacán a finales del siglo XVIII, ha sido posible reconstruir el proceso político social por el que dicha biblioteca fue fragmentada, y posteriormente del expurgo de los tomos escritos por miembros de la Compañía de Jesús, hemos mostrado cuál fue el destino final de una parte de la biblioteca. De tal modo, sabemos que un fragmento de libros fue enviado por los oficiales reales de la Junta de Temporalidades al Seminario Tridentino de Valladolid a finales del siglo XVIII y que otros volúmenes fueron almacenados en cajas en el archivo reservado, hasta su desaparición total del lugar donde quedaron depositados.

En suma, este trabajo demuestra, con base en la evidencia histórica, que la Monarquía mostró una continua preocupación por la gestión de las bibliotecas confiscadas a la Compañía de Jesús, evidenciada en tres niveles de intervención: 1) El Gobierno y directrices oficiales, lideradas por el rey con la asistencia de su Consejo y ministros, 2) las juntas, encargadas de recibir y difundir los documentos normativos de la administración, y 3) los oficiales reales, responsables de la ejecución práctica de las disposiciones reales.

No obstante, aún hace falta emprender estudios sistematizados sobre la organización y funcionamiento del Tribunal de Temporalidades y sus juntas administrativas, así como de procedencias para localizar los libros con que contaron los diferentes centros de la Compañía de Jesús a lo largo y ancho del virreinato novohispano. De igual modo, queda pendiente realizar más investigaciones con la intención de subsanar los vacíos historiográficos que prevalecen en torno a la cultura escrita en el mundo novohispano y, concretamente, acerca de la historia de las bibliotecas conventuales en la Nueva España.


1 El Real Decreto de Ocupación y Extrañamiento, expedido por Carlos III el 27 de febrero de 1767, fue despachado en Madrid el 1° de marzo y fue recibido por Carlos Francisco de Croix, marqués de Croix y virrey gobernador y capitán general de Nueva España, el 30 de mayo en Ciudad de México. Además del extrañamiento a los religiosos de la Compañía de Jesús, el decreto comprendía la confiscación de sus bienes y, por consiguiente, el levantamiento de inventarios de los mismos. El decreto fue remitido el 6 de junio siguiente a los oficiales correspondientes con instrucciones virreinales para su ejecución coordinada, y fue recibido el 25 de ese mes.

2 Un referente indispensable para nuestra propuesta es el programa de investigación desarrollado por Idalia García Aguilar, que ha dedicado importantes estudios a la relación entre jesuitas, libros y bibliotecas de manera genérica, y específicamente al caso del Colegio de San Luis Potosí, donde nos muestra hábilmente las huellas del tránsito de los libros después de la expulsión, a través de marcas de fuego y registro de propietarios, que le permiten reconstruir no solo la segunda vida de los volúmenes administrados por la Corona a partir de 1767, también lo hace con respecto a su procedencia original. Es decir, a través de las marcas de propiedad, instrumentos oficiales -inventarios, índices y sumas de bibliotecas- y los que llama "testimonios históricos de procedencia" -cartas o anotaciones manuscritas en los propios libros- establece el origen de libros donados o heredados a la Compañía, a qué domicilio de la Orden pertenecieron y cuál fue la institución a la que se entregaron después de la expulsión. Aunque aplica este complicado ejercicio solo a unos cuantos textos, demuestra la validez de esta reconstrucción interrelacional del libro con sus propietarios y consumidores. Véanse García Aguilar (2010, pp. 281-308; 2014, pp. 205-237; 2016, pp. 48-91).

3 Archivo General de la Nación (en adelante AGN), Temporalidades, vol. 48, foja 434 v.

4 Citado en Ortega Zenteno (2010, p. 3).

5 Rafael de Zelis, Catálogo de los sujetos de la Compañía de Jesús que formaban la Provincia de México el día del arresto, 25 de junio de 1767, ... comenzado en Roma por Rafael de Zelis el día 27 dejunio y terminado el 23 de agosto de 1786, México, Impr. De I. Escalante, 1871.

6 AGN, Temporalidades, vol. 48, fojas 433 v.-434 tv.

7 La línea doctrinal de la Compañía de Jesús estaba estrechamente ligada con el movimiento antiprotestante, en especial en los aspectos teológicos. Luego del Concilio de Trento, la moral se desgajó de la dogmática y comenzó a enseñarse como disciplina autónoma. Así nacieron los tratados de teología moral como nuevo género literario. Después del papado postridentino, fue la Compañía de Jesús la institución que más se distinguió en la aplicación del programa de reforma trazado en el Concilio. Su acción se centró en la enseñanza que impartía a los propios jesuitas en sus colegios o en los seminarios, que muchos obispos ponían en sus manos. La famosa Ratio Atque Institutio Studiorum Societatis lesu, más conocida por su nombre abreviado Ratio Studiorum, redactada por primera vez en 1586, pero que codifica programas y métodos de estudio introducidos anteriormente en el Colegio Romano, sancionó diversas medidas que influirán decididamente en el desarrollo de la moral a partir del siglo XVI (Ortega Zenteno, 2010, p. 6).

8 AGN, Temporalidades, vol. 48, foja 435 v.

9 AHNCH. Inventario General, vol. 287, exp. 08-09, fojas 156r. al 205v.

10 AGN, Temporalidades, vol. 48, foja 435 v.

11 AGN, Temporalidades, vol. 48, foja 496 v. y 496 tv.

12 AGN, Temporalidades, vol. 48, foja 441 v.; 496 v.

13 AGN, Temporalidades, vol. 48, foja 435 v.

14 AGN, Temporalidades, vol. 48, foja 441 v.; 448 v.

15 Ibídem.


Fuentes:

• (AHNCH) Archivo Histórico Nacional de Chile Indiferente General, vol. 287, fojas 156-205. Autos de Ocupación y Extrañamiento, vol. 287, fojas 21-23.

• (AGN) Archivo General de la Nación Real Hacienda, Temporalidades, vol. 48, fojas 430-498.

• (UANL) Universidad Autónoma de Nuevo León-Biblioteca Digital ZELIS, Rafael de, Catálogo de los sujetos de la Compañía de Jesús que formaban la Provincia de México el día del arresto, 25 de junio de 1767, contiene los sujetos por orden alfabético, por orden de edad, por orden de grado, los colegios, las misiones y los difuntos; comenzado en Roma por Rafael de Zelis el día 27 dejunio y terminado el 23 de agosto de 1786, México, Impr. De I. Escalante, 1871.

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