Revista Salud

ISSN electrónico 2011—7531
ISSN impreso 0120—5552
Vol. 34, N° 1, 2018
Fecha de recepción: 18 de junio de 2017
Fecha de aceptación: 30 de junio de 2017
DOI: http://dx.doi.org/10.14482/sun.34.1.10111


Carta al editor/Letter to the editor

Sesgo en la identificación de pacientes con enfermedades raras o de alto costo

Bias when identifying patients with rare or high—cost diseases

http://dx.doi.org/10.14482/sun.34.1.10111

Alfredo Oyola—García1, 2, Doris Lituma—Aguirre1, Harvy Honorio—Morales 1

* Este artículo no ha sido publicado ni remitido previa o paralelamente a otra revista científica, congreso u otro que derive en publicación del mismo.

1 Médico cirujano. Ex—miembro de la Comisión Sectorial encargada de proponer acciones que permitan implementar las disposiciones contenidas en la Ley N.° 29698, por medio de la cual se declara de interés nacional y preferente atención el tratamiento de personas que padecen enfermedades raras o huérfanas, Ministerio de Salud del Perú. https://orcid.org/0000—0002—5219—5167https://orcid.org/0000—0003—2661—9971

2 Natural and Social Sciences Research. https://orcid.org/0000—0002—5219—5167

Correspondencia: Alfredo Enrique Oyola García. Dirección: Parque Leoncio Prado 145, Departamento 304, Magdalena del Mar, Lima. Teléfono: 956124996. aoyolag@gmail.com

Fecha de recepción: 18 de junio de 2017
Fecha de aceptación: 30 de junio de 2017


Sr. editor.

Hemos tomado conocimiento del artículo publicado por Valladares—Garrido et al. “Enfermedades raras y catastróficas en un hospital del norte peruano: Características y factores asociados a la mortalidad” (1); sin embargo, a pesar que busca aportar al conocimiento, luego de ser revisado observamos que presenta errores metodológicos que describimos a continuación:

• Señalan que se identificaron 2 135 (92,2 %) pacientes con enfermedades catastróficas y 181 (7,8%) con enfermedades raras. Sin embargo, no se precisan las tasas en función de la población asegurada o de las atenciones realizadas en el año de estudio, ni según población expuesta al riesgo por cada enfermedad de alto costo o agrupadas por prioridad, cuando se refiere a las enfermedades raras. Además, incluyen la enfermedad por VIH, la deficiencia hereditaria del factor VIII y el tumor maligno de riñón, que no forman parte de las enfermedades de alto costo ni de las enfermedades raras o huérfanas identificadas por el Ministerio de Salud del Perú (7). Asimismo, no se ha especificado si la población asegurada puede acceder —en el establecimiento hospitalario—al tamizaje, diagnóstico o tratamiento de las enfermedades raras o huérfanas, teniendo en consideración la limitación en la oferta de elementos de apoyo al diagnóstico.

Con estas premisas y debido a que el objetivo de la citada investigación fue “determinar las características y los factores asociados a la mortalidad en los pacientes atendidos por enfermedades raras (ER) y catastróficas (EC) en un hospital de la seguridad social del norte peruano”, los resultados y conclusiones de la investigación realizada no son válidas para las enfermedades raras o huérfanas ni para las de alto costo en el Perú debido al evidente sesgo de selección cometido. En ese sentido, recomendamos revisar el marco legal que aplica a estas enfermedades en nuestro país para evitar estos errores metodológicos.


REFERENCIAS


Salud
Revista de Salud de la Universidad del Norte
http://rcientificas.uninorte.edu.co/index.php/salud_uninorte
dparamo@uninorte.edu.co

Universidad del Norte
Barranquilla (Colombia)
2015
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