El sistema de comunas, necesidades humanas y sectores populares un enfoque dinámico en el desarrollo social de la Costa Atlántica.
DOI:
https://doi.org/10.14482/id.v0i2.3007Palabras clave:
conceptualización de lo popular, comunas, autorrepresentaciónResumen
Dar una definición a partir de una reflexión teórica de qué es lo popular, qué lo caracteriza, quién lo conforma, cuáles son sus formas organizativas, etc., no es tarea nada fácil, a pesar de que todos presumiblemente sabemos qué es lo popular. Ahora bien, la caracterización de este sector en sus variados estratos, no es lo mismo en los entornos socio-espaciales urbanos, que la que presenta en las comunidades veredales y campesinas.
El propósito de este artículo, más que dar una definición exacta de lo popular, apunta a reflexionar alrededor de la complejidad del término, para luego evaluar los procesos organizativos al interior de estos sectores, los obstáculos y prácticas que impiden el fortalecimiento de los espacios autorrepresentativos, y cuál ha sido la experiencia, a partir de la implementación de la Ley 11 de 1986, más concretamente, en el marco de la comunas y en el contexto regional de la Costa Atlántica.
Descargas
Publicado
Cómo citar
Número
Sección
Licencia
CLÁUSULA DE CESIÓN DE LOS DERECHOS PATRIMONIALES DE AUTOR.
CEDENTE:
CESIONARIO: Investigación & Desarrollo ISSN 2011-7574
_________________, en calidad de autor del artículo ____________________, que se publicará en la edición Vol. ______ No. _______ de la Revista Investigación & Desarrollo, manifiesto que cedo a titulo gratuito la totalidad de los derechos patrimoniales de autor derivados del artículo en mención, a favor de la citada publicación.
El Cedente declara que el artículo es original y que es de su creación exclusiva, no existiendo impedimento de ninguna naturaleza para la cesión de derechos que esta haciendo, respondiendo además por cualquier acción de reivindicación, plagio u otra clase de reclamación que al respecto pudiera sobrevenir.
En virtud de la presente cesión, el CESIONARIO queda autorizado para copiar, reproducir, distribuir, publicar, comercializar el artículo objeto de la cesión, por cualquier medio digital, electrónico o reprográfico, conservando la obligación de respetar en todo caso los derechos morales del autor, contenidos en el artículo 30 de la Ley 23 de 1982.
Se firma en señal de aceptación a los _____ días del mes de _______ del año ______
Firma
_________________________________
Cedente