La igualdad en los derechos a la salud y la unidad familiar gozan de garantía constitucional

Autores/as

  • María Margarita Rojas Álvarez Corporación Universitaria Rafael Núñez, sede de Barranquilla
  • Carlos Ricardo Cardona Gaviria Corporación Universitaria Rafael Núñez, sede de Barranquilla.
  • Roberto Jiménez González Corporación Universitaria Rafael Núñez.

Resumen

El Régimen de Seguridad Social en Colombia, Ley 100 de 1993, preceptuaba en el artículo 163 que para acceder a los servicios de salud, en el caso de las parejas formadas por unión marital de hecho o vínculo natural de vivir en unión libre, como beneficiario de un cotizante del régimen contributivo POS (Plan Obligatorio de Salud), tenían como requisito la convivencia superior a dos años. Esta norma legal contraviene la Constitución Política, en los principios Constitucionales de Dignidad Humana, No Discriminación, Protección Integral de la Familia, Universalidad, y a La Vida Digna, así como derechos fundamentales a la Vida, a la Igualdad, al Libre Desarrollo de la Personalidad, a la Unidad Familiar, a la Seguridad Social, y a la Salud, por lo cual resulta afectada el 22,3% de la población, vulneración que cesó el 11 de julio de 2007, por sentencia de inexequibilidad C-521 de 2007 de la Corte Constitucional.

Biografía del autor/a

María Margarita Rojas Álvarez, Corporación Universitaria Rafael Núñez, sede de Barranquilla

Licenciada en Lenguas Modernas de la Universidad del Atlántico. Técnico en sistemas deCORPES. Diplomado en Evaluación Educativa CIEDS-Universidad del Atlántico. Estudiante deX semestre de Derecho de la Corporación Universitaria Rafael Núñez, sede de Barranquilla

Carlos Ricardo Cardona Gaviria, Corporación Universitaria Rafael Núñez, sede de Barranquilla.


Oficial de Policía de la Escuela de Cadetes de Policía General Santander de Bogotá. Técnico
Profesional en Salud Ocupacional y Protección Ambiental de la Corporación Educativa del
Litoral de Barranquilla. Especialista en Docencia Universitaria de la Universidad Santo Tomás
de Bogotá, Diplomado en Gerencia Educacional del Instituto Superior Pedagógico José de la
Luz y Caballero de Holguín, Cuba. Diplomado en Pedagogía Profesional Universitaria del
Instituto Superior Pedagógico José de la Luz y Caballero de Holguín, Cuba. Diplomado enGestión Ambiental del Centro Regional de Estudios para el Desarrollo Profesional-CREDES de
Barranquilla. Diplomado en Gestión de Residuos Ordinarios y Especiales de la CorporaciónUniversitaria de la Costa CUC, Barranquilla.

Roberto Jiménez González, Corporación Universitaria Rafael Núñez.

Abogado, C. Magister en D. Administrativo, Especialista en Derecho Constitucional y Ciencias Políticas, Diplomado en Docencia Universitaria. Director del Consultorio Jurídico de la Corporación Universitaria Rafael Núñez.

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Sección

Artículos de investigación