El “Estado de excepción”: ¿un instrumento de la democracia?

Autores/as

  • Joaquín Ordoñez Universidad Autónoma del Estado de México
  • Alejandra Flores Martínez

Palabras clave:

Democracia, estado de excepción, soberanía.

Resumen

Ante la problemática estatal que provoca crisis de legitimidad y hasta de legalidad en algunos estados contemporáneos que no han sido suficientemente eficaces para el logro de sus objetivos, surge la necesidad de considerar criterios de solución que no estén exclusivamente basados en la legalidad o en la juridicidad. Por ello, en este artículo se revisa el concepto de “excepción”, como una alternativa a la norma o a lo “normal” y se propone como un significativo instrumento de la democracia, ya que tiene relación con el concepto de “soberano”, mismo que sustenta la toma de decisiones estatales y al ente facultado para ello, es decir, el pueblo. Así, en este artículo se postula que el concepto de “excepción”, como constructo teórico de Carl Schmitt expuesto en su “Teología Política”, puede ser un instrumento para el adecuado ejercicio de la democracia en un Estado.

Biografía del autor/a

Joaquín Ordoñez, Universidad Autónoma del Estado de México

Profesor-investigador de tiempo completo en la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma del Estado de México, miembro del Sistema Nacional de Investigadores (SNI) nivel 1.

Alejandra Flores Martínez

Profesora e investigadora de tiempo completo adscrita a la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma del Estado de México. afloresm@uaemex.mx

Citas

Agamben, G. (1995). Homo Sacer. Ilpoteresoverano e la nuda vita Editorial Torino.

Corte Interamericana de Derechos Humanos [CorteIDH] (1987a). El Hábeas Corpus bajo Suspensión de Garantías (arts. 27.2, 25.1y 7.6 Convención Americana sobre Derechos Humanos, Opinión consultiva OC-8/87 del 30 de enero).

Corte Interamericana de Derechos Humanos [CorteIDH] (1987b). Garantías Judiciales en Estados de Emergencia (arts. 27.2, 25y 8 Convención Americana sobre Derechos Humanos, Opinión Consultiva OC-9/87 del 6 de octubre, serie A, no. 9).

Fix-Fierro, H. (2004). Comentario al artículo 29 constitucional. En Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Comentada y concordada (t. I). Instituto de Investigaciones Jurídicas. Porrúa.

García Máynez, E. (2001). Introducción al Estudio del Derecho. Porrúa.

Gény, F. (1919). Méthode d'interprétatíon et sources en droit privé possitif (vol.). I, University of Michigan Library.

Hart, H. L. A. (1989). El concepto del derecho. Abeledo-Perrot. Rawls, J. (2011). Liberalismo político. Fondo de Cultura Económica.

Salazar Ugarte, P. (2013). Estado de excepción, suspensión de derechos y jurisdicción. Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, Suprema Corte de Justicia de la Nación y Fundación Konrad Adenauer.

Schmitt, C. (2009). Teología Política. Trotta.

Descargas

Publicado

2022-06-11

Número

Sección

Artículos de investigación