El embrión Humano fecundado in vivo Vs el embrión humano fecundado in vitro: Una analisis de los derechos, de estas dos formas de concepción de vida, en el derecho comparado y Colombia.
Resumen
Analizar los derechos reconocidos al embrión humano en los diferentes países, implica profundizar en la reglamentación vigente en materia del aborto y la fecundación in vitro. Dos practicas que sacan a la luz el debate sobre el estatuto jurídico del embrión humano, y que su legalidad o ilegalidad, reflejan una comprensión antropológica patente en las leyes de cada país.
Lo paradójico que hemos escrudiñado en este texto, es que los países que han legalizado el aborto han construido una serie de regulaciones sobre la manipulación de los embriones creados in vitro. Esto nos permite deducir, que se proteja al embrión humano concebido in vitro, de cualquier manipulación y destrucción, expresa que la legislación no lo reconoce como una cosa u objeto, sino como un sujeto de derecho; todo lo contario, a lo que pasa con los embriones fecundados en vivo, ante las leyes que dan viabilidad a la interrupción voluntario del embarazo.
Ante este panorama legal surge el interrogante: ¿por qué el embrión fecundado in vitro posee más garantías de protección que un embrión humano fecundado en vivo? ¿Cuáles son los argumentos legales, antropológicos y axiológicos para establecer las diferencias ontológicas entre un embrión fecundado in vitro y uno en vivo? Esto interrogantes, son la ruta en el camino de esta investigación, que no solo se ha centrado en conocer la normativa internacional y local, sobre la fecundación in vitro y el aborto, sino que ha buscado hacer un análisis filosófico a los fundamentos que sostiene cada legislación.
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